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20/05/2026

El Departamento de Hacienda informó que no se impondrán penalidades a los comerciantes que no puedan radicar a tiempo la Planilla Mensual de IVU debido a las fallas reportadas hoy en el sistema SURI.

¿Qué debes hacer si te afectó la falla?
✅ Documenta tus intentos de radicación (capturas de pantalla con fecha y hora)
✅ Guarda evidencia de los mensajes de error del sistema
✅ Completa la radicación tan pronto SURI esté disponible
✅ Mantén tu pago listo para evitar intereses

📅 Próximamente el Departamento de Hacienda se expresará para anunciar la nueva fecha de vencimiento.

En Luca Center, te mantenemos informado.

12/05/2026


10 Preguntas Frecuentes: Cheque de Alivio Contributivo 2025
El Gobierno de Puerto Rico, tras obtener la aprobación de la Junta de Supervisión y Administración Financiera, inició el proceso para la distribución del Cheque de Alivio Contributivo 2025. Este incentivo, autorizado mediante la Resolución Conjunta 6 2026, se financia con aproximadamente $554 millones en reservas fiscales asignadas al Departamento de Hacienda. Su propósito es adelantar, mediante un pago directo, los beneficios que resultarían de la reforma contributiva actualmente en evaluación, particularmente el aumento de la deducción por dependiente de $2,500 a $5,000 y los ajustes propuestos en las tasas contributivas.
A continuación, se presentan las preguntas más frecuentes sobre los criterios de elegibilidad, el proceso de cómputo y los aspectos técnicos relacionados con este Cheque.

1. Si ambos cónyuges generan menos de $150,000 cada uno, pero su ingreso combinado supera ese umbral, ¿son elegibles para el alivio?

El matrimonio cualifica únicamente si presenta planillas separadas o mediante Anejo CO, pues en esos escenarios se evalúa el ingreso de cada contribuyente por separado y ambos cumplen con el límite de $150,000. Si presentan planillas en conjunto, no cualifican, dado que el ingreso agregado excede el umbral permitido para recibir el alivio.
2. ¿Qué partidas se incluyen en el cómputo del ingreso neto tributable para propósitos de verificar si un contribuyente excede los $150,000?

El ingreso neto tributable para efectos del límite de $150,000 incluye todo el ingreso del contribuyente, tanto ingreso ganado (salarios, servicios profesionales, negocios) como ingresos de inversiones (intereses, dividendos, ganancias de capital), y abarca también ingresos de fuentes dentro y fuera de Puerto Rico. A ese total se le debe restar las deducciones permitidas por ley, incluyendo la deducción adicional de $2,500 por cada dependiente menor de 18 años, para llegar al ingreso neto que finalmente queda sujeto al cómputo de la contribución regular.

Este resultado es el monto que Hacienda utiliza para determinar si el contribuyente excede o no el límite de $150,000 para propósitos del Cheque de Alivio.
3. ¿Qué ocurre con un contribuyente que se mudó a Puerto Rico durante el 2025 y rindió como residente parcial? ¿Queda automáticamente descalificado?

Sí. Un contribuyente que se mudó a Puerto Rico durante el 2025 y rindió como residente parcial queda descalificado, ya que uno de los requisitos del Alivio Contributivo es haber sido residente de Puerto Rico durante todo el año natural 2025, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. No obstante, situaciones como estudios fuera de Puerto Rico o servicio militar no implican, por sí solas, la pérdida de la residencia para fines contributivos.
4. Contribuyente opta por utilizar el Anejo X Individuo (Contribución Opcional) porque le resulta más favorable, ¿cómo afecta esa elección su elegibilidad para recibir el Cheque de Alivio?

Cuando un contribuyente elige tributar bajo el Anejo X Individuo (Contribución Opcional), está optando por un método alterno distinto a la Contribución Normal. Dado que el Cheque de Alivio se calcula exclusivamente sobre la contribución determinada bajo la Contribución Normal, cualquier persona que utilice el Anejo X no cualifica para recibir el incentivo.
5. Si un contribuyente fallece después de haber radicado su Planilla 2025 a tiempo, ¿puede la sucesión reclamar el Alivio Contributivo?

Sí, tendrá derecho a recibir el pago. Hacienda emitirá y enviará el dinero directamente, ya que el Alivio Contributivo no requiere una solicitud adicional. El pago se genera de forma automática utilizando la información de la planilla radicada, incluyendo el método de pago registrado.

No obstante, si el contribuyente hubiese fallecido durante el 2025, se considerará que no cumplió con el requisito de residencia por todo el año, por lo que no cualifica para recibir el Cheque de Alivio.
6. Si el contribuyente tiene una deuda con Hacienda, ¿en qué orden se aplicará el incentivo: primero a intereses, penalidades, y después al principal?

El Cheque de Alivio se aplicará automáticamente a cualquier deuda contributiva vigente, sin que el contribuyente tenga que realizar gestión alguna. La compensación se efectuará siguiendo el orden dispuesto por Hacienda: primero se aplicará al principal de la deuda y luego a los intereses, recargos y penalidades. Para fines de cómputo, la fecha de aplicación será el 15 de abril de 2026, independientemente de la fecha en que Hacienda deposite o emita el pago. Si el monto del incentivo excede la deuda total, el remanente se enviará al contribuyente mediante el método de pago registrado.
7. Si radico mi Planilla 2025 pero no tengo obligación contributiva, ¿aun así cualifico para el Cheque de Alivio?

La elegibilidad para el Cheque de Alivio depende de la responsabilidad contributiva original (es decir, del “tax” determinado en la planilla… no del monto a pagar ni del reintegro.)

Por tanto, si la responsabilidad contributiva es cero, no existe cantidad alguna que devolver y el contribuyente no cualifica para recibir el incentivo. En estos casos, aunque la planilla haya sido radicada correctamente y a tiempo, la ausencia de responsabilidad contributiva elimina la base sobre la cual se calcula el Cheque de Alivio.
8. Si olvidé radicar la prórroga de mi Planilla 2025, ¿puedo radicar ahora y aún tener derecho al incentivo?

No. Para tener derecho al Cheque de Alivio, el contribuyente debía haber radicado la Planilla 2025 o la prórroga en o antes del 15 de abril de 2026. Si la prórroga no fue presentada a tiempo, la planilla radicada posteriormente se considera tardía y, por tanto, no genera derecho al incentivo, aun cuando el contribuyente la presente ahora.
9. ¿Tiene algún efecto una planilla enmendada radicada después del 15 de abril sobre el Cheque de Alivio ya recibido?

Si la planilla enmendada se radica después del 15 de abril de 2026, no se considerará para efectos del Cheque de Alivio, ya que el incentivo se calcula exclusivamente utilizando la planilla original radicada a tiempo. Si la enmendada reflejara que el contribuyente hubiese tenido derecho a menos incentivo, no tendrá que devolver el exceso recibido; y si reflejara que hubiese tenido derecho a más, tampoco tendrá derecho a recibir la diferencia. El monto pagado permanece inalterado en ambos escenarios.
10. Si Hacienda hace un ajuste o identifica un error matemático que reduce mi Cheque de Alivio, ¿puedo corregirlo mediante una planilla enmendada?

Los reparos, errores matemáticos o ajustes efectuados por Hacienda sí impactan el monto del Cheque de Alivio, ya que el incentivo se calcula utilizando la información corregida por la agencia.

Si el contribuyente radica una planilla enmendada luego de que Hacienda haya completado el proceso de notificación del ajuste, dicha enmienda no modificará el monto del incentivo ya determinado. Por el contrario, si la enmienda se presenta antes de que ese proceso haya concluido, la corrección sí podrá reflejarse en el cálculo del Cheque de Alivio. En consecuencia, si el ajuste reduce el incentivo, es recomendable radicar la enmienda —si procede— para que Hacienda compute el monto correcto conforme a la información corregida.

Fuente:LucaCenter

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11/05/2026

07/05/2026

Anuncio de cheque/depósito de alivio económico a contribuyente que radicaron sus planillas 2025 o solicitaron prórroga.


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04/05/2026

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29/04/2026



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  📢 Atención patronos y empresarios en Puerto RicoEl Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico abrió el...
22/04/2026



📢 Atención patronos y empresarios en Puerto Rico

El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico abrió el proceso para participar del Curso de Orientación a Patronos sobre las propuestas del año fiscal 2026–2027 del Fondo Ley 52.

👉 Si estás interesado en someter propuestas para incentivos salariales, este curso es compulsorio.

🗓️ Múltiples fechas alrededor de la Isla
⏰ Horario: 8:00 a.m. – 3:00 p.m.
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13/04/2026

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PO BOX 193858
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