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20/04/2026
02/11/2025

📣 SEGURO DE VIDA LEY 📑
Es un beneficio para el trabajador que se otorga de forma obligatoria por parte del empleador cuando se ha iniciado la relación laboral.

📝 ¿A quiénes aplica la obligación de contratar el seguro de vida ley?
Tienen derecho al seguro de vida:
➡ Los trabajadores del sector privado, independientemente del régimen laboral y modalidad contractual al que se sujeten; y,
➡ Los trabajadores de entidades y empresas del sector público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº728, Ley de Fomento del Empleo.

📍 Artículo 2 del Decreto Supremo 009-202-TR
👩‍💻 ¿El seguro Vida Ley se declara en el PDT PLAME?
El monto del seguro de vida ley califica como un aporte del empleador, deberá declararse en el PLAME de manera mensual y a modo informativo el pago de dicha póliza dentro de la casilla Nº803.

🟥 Ten en cuenta:

✅ Dependiendo de la póliza que tramites obtendrás el valor de la prima por los trabajadores asegurados.
✅ Debes identificar el valor individual de la prima por cada trabajador.
✅ Puedes pedirle a la aseguradora que te detalle la prima mensual por cada trabajador.
✅ Verifica que el monto de la prima del seguro del vida ley se refleje en la boleta de haberes del trabajador.

¿En qué te podemos ayudar? , contáctanos ya! 💻📚
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15/09/2025
07/09/2025

📢LISTO EL REGLAMENTO DEL NUEVO SISTEMA PREVISIONAL 💰👵👴

Reglamento de la Ley N° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Decreto Supremo N° 189-2025-EF publicado el 05.09.2025)

Entre una de las regulaciones se establece:

-Aportes por consumo desde el 1 de enero de 2027

-Afiliación obligatoria desde el 1 de junio de 2027

-Aportes de independientes desde el 2028

La tasa del APORTE OBLIGATORIO DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES AL SNP Y SPP sobre la base imponible a partir del año 2028, como sigue:

a. Por los años 2028 y 2029: 2%
b. Por los años 2030 y 2031: 3%
c. Por los años 2032 y 2033: 4%
d. A partir del año 2034: 5%

Así también, se establece a partir del 1 de enero de 2028, las personas, empresas y entidades obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con el artículo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta:

- Están obligadas a retener el aporte obligatorio de los trabajadores independientes al SNP cuando paguen o acrediten las rentas de cuarta categoría

- NO están obligadas a retener cuando paguen rentas del inciso b) del art 33 de la LIR

También, se regula el aporte por consumo que tiene su origen en los gastos por consumo realizados por los afiliados del Sistema, los cuales se sustentan en las boletas de venta electrónica o notas de crédito o débito electrónicas. La base de cálculo del aporte por consumo es la suma de los importes de la venta, cesión en uso y/o del servicio prestado, que consta en las boletas de venta electrónicas emitidas al afiliado en cada ejercicio fiscal y no puede
exceder de 8 UIT.

Cabe recordar que la norma establece que todo ciudadano que se encuentre domiciliado en el país y que cumpla 18 años a partir del 1 de junio de 2027 en adelante, se afilia de manera obligatoria al Sistema, eligiendo entre el SNP o SPP.






20/08/2025
12/08/2025
08/08/2025

🔴 La pérdida de un trabajador por causas naturales no solo genera un impacto emocional en su familia y compañeros, sino que también implica obligaciones que la empresa debe cumplir conforme a la ley. ⚖️
🔍 Entérate aquí cuáles son.

30/07/2025
30/07/2025
30/07/2025
30/07/2025
28/07/2025

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