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19/09/2023

¡Que necesitas tu 𝗖𝗼𝗻𝘀𝘁𝗮𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗱𝗲 𝗦𝗶𝘁𝘂𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗙𝗶𝘀𝗰𝗮𝗹? ¿No sabes cómo obtenerla, 𝗧𝗘 𝗨𝗥𝗚𝗘 y quieres ahorrar tiempo? No te preocupes, nosotros te ayudamos ¡𝗦Ó𝗟𝗢 𝗡𝗘𝗖𝗘𝗦𝗜𝗧𝗔𝗠𝗢𝗦 𝗧𝗨 𝗖𝗨𝗥𝗣!
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¡𝗛𝗢𝗬 𝗘𝗦𝗧𝗔𝗠𝗢𝗦 𝗗𝗘 𝗙𝗜𝗘𝗦𝗧𝗔!¡Nada mas y nada menos festejando el día del Contador Público, en horabuena a todos los que ejerc...
25/05/2023

¡𝗛𝗢𝗬 𝗘𝗦𝗧𝗔𝗠𝗢𝗦 𝗗𝗘 𝗙𝗜𝗘𝗦𝗧𝗔!

¡Nada mas y nada menos festejando el día del Contador Público, en horabuena a todos los que ejercen esta grandiosa carrera!

𝑷𝑹𝑶𝑷𝑶𝑵𝑬𝑵 𝑨𝑷𝑳𝑰𝑪𝑨𝑪𝑰Ó𝑵 𝑮𝑹𝑨𝑫𝑼𝑨𝑳 𝑫𝑬 𝑳𝑨 𝑹𝑬𝑫𝑼𝑪𝑪𝑰Ó𝑵 𝑬𝑵 𝑳𝑨 𝑱𝑶𝑹𝑵𝑨𝑫𝑨 𝑳𝑨𝑩𝑶𝑹𝑨𝑳 𝑬𝑵 𝑴É𝑿𝑰𝑪𝑶𝘚𝘦𝘨ú𝘯 𝘦𝘴𝘱𝘦𝘤𝘪𝘢𝘭𝘪𝘴𝘵𝘢𝘴, 𝘤𝘰𝘯𝘷𝘦𝘯𝘥𝘳í𝘢 𝘢 𝘭𝘢𝘴 𝘦𝘮𝘱𝘳𝘦𝘴𝘢...
16/05/2023

𝑷𝑹𝑶𝑷𝑶𝑵𝑬𝑵 𝑨𝑷𝑳𝑰𝑪𝑨𝑪𝑰Ó𝑵 𝑮𝑹𝑨𝑫𝑼𝑨𝑳 𝑫𝑬 𝑳𝑨 𝑹𝑬𝑫𝑼𝑪𝑪𝑰Ó𝑵 𝑬𝑵 𝑳𝑨 𝑱𝑶𝑹𝑵𝑨𝑫𝑨 𝑳𝑨𝑩𝑶𝑹𝑨𝑳 𝑬𝑵 𝑴É𝑿𝑰𝑪𝑶

𝘚𝘦𝘨ú𝘯 𝘦𝘴𝘱𝘦𝘤𝘪𝘢𝘭𝘪𝘴𝘵𝘢𝘴, 𝘤𝘰𝘯𝘷𝘦𝘯𝘥𝘳í𝘢 𝘢 𝘭𝘢𝘴 𝘦𝘮𝘱𝘳𝘦𝘴𝘢𝘴 𝘮𝘦𝘹𝘪𝘤𝘢𝘯𝘢𝘴 𝘲𝘶𝘦 𝘭𝘢 𝘳𝘦𝘥𝘶𝘤𝘤𝘪ó𝘯 𝘥𝘦 𝘭𝘢 𝘫𝘰𝘳𝘯𝘢𝘥𝘢 𝘭𝘢𝘣𝘰𝘳𝘢𝘭 𝘧𝘶𝘦𝘴𝘦 𝘦𝘫𝘦𝘤𝘶𝘵𝘢𝘥𝘢 𝘥𝘦 𝘮𝘢𝘯𝘦𝘳𝘢 𝘨𝘳𝘢𝘥𝘶𝘢𝘭, 𝘺𝘢 𝘲𝘶𝘦 𝘴𝘪𝘦𝘯𝘥𝘰 𝘢𝘴í, 𝘥𝘢𝘳𝘪𝘢 𝘵𝘪𝘦𝘮𝘱𝘰 𝘩𝘢𝘤𝘦𝘳 𝘭𝘰𝘴 𝘢𝘫𝘶𝘴𝘵𝘦𝘴 𝘯𝘦𝘤𝘦𝘴𝘢𝘳𝘪𝘰𝘴 𝘱𝘢𝘳𝘢 𝘢𝘱𝘭𝘪𝘤𝘢𝘳 𝘭𝘰𝘴 𝘤𝘢𝘮𝘣𝘪𝘰𝘴.

El 25 de abril de 2023, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de una iniciativa de reforma para establecer la jornada laboral de cinco días en México, con dos días de descanso.

Se trata de una iniciativa con la que se busca reformar el Artículo 123, fracción IV del Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Actualmente, la fracción mencionada establece que por cada seis días de trabajo, el trabajador deberá disfrutar de un día de descanso, cuando menos. La reforma cambia los seis días laborables por cinco y aumenta de uno a dos los días de descanso.

𝑳𝒂 𝒓𝒆𝒅𝒖𝒄𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒋𝒐𝒓𝒏𝒂𝒅𝒂 𝒍𝒂𝒃𝒐𝒓𝒂𝒍 𝒆𝒔 𝒂𝒍𝒕𝒂𝒎𝒆𝒏𝒕𝒆 𝒑𝒓𝒐𝒃𝒂𝒃𝒍𝒆

De acuerdo con Carlos Mario de la Fuente Aguirre, integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México, a los diputados no les dio tiempo para analizar y aprobar o rechazar la iniciativa, pero es altamente probable que se apruebe.

La disminución de la jornada laboral en México beneficia a los trabajadores, pero podría afectar a las empresas.

El contador público y maestro en impuestos dijo que para disminuir el impacto de la reducción de la jornada laboral, se podría aprender del modelo Colombiano.

En Colombia se aprobó una disminución de la jornada laboral de 48 a 42 horas por semana.

*En 2023 se disminuirá una hora
*En 2024 se disminuirá otra hora
*En 2025 se disminuirán dos horas
*Y en 2026 se disminuirán dos horas.

De la Fuente Aguirre considera que el modelo de Colombia es un buen ejemplo para adaptarlo a México. Esto si se llega a discutir y aprobar la reducción de la jornada laboral.

El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México señaló que una implementación gradual daría oportunidad a las empresas para hacer los ajustes necesarios.

¡𝗖𝗢𝗡 𝗟𝗔 𝗥𝗘𝗗𝗨𝗖𝗖𝗜Ó𝗡 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗝𝗢𝗥𝗡𝗔𝗗𝗔 𝗟𝗔𝗕𝗢𝗥𝗔𝗟...𝗣𝗢𝗗𝗥𝗜𝗔𝗡 𝗘𝗫𝗜𝗚𝗜𝗥 𝗨𝗡 𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗢 𝗗𝗘 48 𝗛𝗢𝗥𝗔𝗦 𝗦𝗘 𝗥𝗘𝗔𝗟𝗜𝗖𝗘 𝗘𝗡 40 𝗛𝗢𝗥𝗔𝗦!*La reducción de ...
12/05/2023

¡𝗖𝗢𝗡 𝗟𝗔 𝗥𝗘𝗗𝗨𝗖𝗖𝗜Ó𝗡 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗝𝗢𝗥𝗡𝗔𝗗𝗔 𝗟𝗔𝗕𝗢𝗥𝗔𝗟...𝗣𝗢𝗗𝗥𝗜𝗔𝗡 𝗘𝗫𝗜𝗚𝗜𝗥 𝗨𝗡 𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗢 𝗗𝗘 48 𝗛𝗢𝗥𝗔𝗦 𝗦𝗘 𝗥𝗘𝗔𝗟𝗜𝗖𝗘 𝗘𝗡 40 𝗛𝗢𝗥𝗔𝗦!

*La reducción de la jornada laboral podría motivar a que los patrones exijan a sus empleados que el trabajo que hacían en 48 horas lo hagan en 40 horas*

El 25 de abril de 2023, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de una iniciativa de reforma para establecer la jornada laboral de cinco días en México, con dos dias de descanso.

Se trata de una iniciativa con la que se busca reformar el Artículo 123, fracción IV del Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Actualmente, la fracción mencionada establece que por cada seis días de trabajo, el trabajador deberá disfrutar de un día de descanso, cuando menos. La reforma cambia los seis días laborables por cinco y aumenta de uno a dos los días de descanso.

𝗣𝗥𝗢𝗕𝗔𝗕𝗜𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗 𝗔𝗟𝗧𝗔 𝗘𝗡 𝗟𝗔 𝗥𝗘𝗙𝗢𝗥𝗠𝗔 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗗𝗨𝗖𝗖𝗜𝗢𝗡 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗝𝗢𝗥𝗡𝗔𝗗𝗔 𝗟𝗔𝗕𝗢𝗥𝗔𝗟
Segun Carlos Mario de la Fuente Aguirre, integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México, a los diputados no les dio tiempo para analizar y aprobar o rechazar la iniciativa, pero es altamente probable que se apruebe.

Especialistas indican que en México existen largas jornadas. Pero tambien señalan que al mismo tiempo es uno de los países con menor productividad dentro de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

𝑷𝑨𝑻𝑹𝑶𝑵𝑬𝑺 𝑷𝑶𝑫𝑹Í𝑨𝑵 𝑬𝑿𝑰𝑮𝑰𝑹 𝑻𝑹𝑨𝑩𝑨𝑱𝑶 𝑫𝑬 48 𝑯𝑶𝑹𝑨𝑺 𝑬𝑵 40 𝑯𝑶𝑹𝑨𝑺
El objetivo de la iniciativa de reforma es mejorar la calidad de vida para los trabajadores. Pero la reducción de la jornada laboral podría hacer que los patrones exijan a los empleados que el trabajo que hacían en 48 horas lo hagan en 40 horas.

El contador público y maestro en impuestos dijo que en caso de discutirse y aprobarse la iniciativa de reforma, también es probable que los patrones tomen esa actitud.

En este contexto, el especialista dijo que podrían presentarse los siguientes casos:

*Si los sábados se trabajan cinco horas, las empresas podrían trasladarlas a una hora diaria entre semana

*En el peor de los casos, las empresas van a querer que se haga en 40 horas lo que se hacía en 48 o 45 horas.

El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México considera que lo anterior sería lamentable, pero dijo que puede ocurrir.

¿SABÍAS QUE NO TODOS LOS PATRONES ESTÁN OBLIGADOS A PAGAR PTU? RAMAR Contadores Públicos te dice quiénes.El reparto de u...
11/05/2023

¿SABÍAS QUE NO TODOS LOS PATRONES ESTÁN OBLIGADOS A PAGAR PTU? RAMAR Contadores Públicos te dice quiénes.

El reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) es un derecho que nace por mandato constitucional en beneficio de los trabajadores, y este consiste en recibir un porcentaje de las ganancias que obtuvieron sus patrones durante el año.

Las personas morales deben presentar su declaración anual a más tardar en marzo y las físicas en abril segun lo establece la Ley del Impuesto sobre la Renta en los artículos 9, fracción II, párrafo segundo; artículo 76, fracciones V, VII y artículo 150 primer párrafo; ahora bien el reparto de utilidades o PTU debe ser pagado a más tardar 60 días después, esto lo establece el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

*Patrones no obligados a dar utilidades a sus trabajadores*

De acuerdo con información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los patrones que no están obligados a dar utilidades a sus trabajadores son los siguientes:

-Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento. Además, si se dedican a la elaboración de un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años de funcionamiento.

-Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, no se consideran de nueva creación.

-Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

-Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, que no tengan fines de lucro.

-El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

-Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300,000 pesos.

¡En RAMAR Contadores Públicos estamos para servirte, contáctanos!

Durante los meses de mayo y junio los patrones  tienen la obligación de realizar las entregas de PTU a sus trabajadores,...
09/05/2023

Durante los meses de mayo y junio los patrones tienen la obligación de realizar las entregas de PTU a sus trabajadores, pero...SI NO ME PAGAN ¿DÓNDE DENUNCIO? Te explicamos:

Las personas morales deben presentar su declaración anual a más tardar en marzo y las físicas en abril, y el reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) debe ser pagado a más tardar 60 días después. Esto lo establece el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

De acuerdo con Fiscalia, mayo es el mes en el que inicia formalmente la obligación del pago de utilidades o PTU.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) señala, en el Artículo 122, que el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual.

Para el caso de las personas morales, el plazo para la presentación de su declaración anual vence en marzo, mientras que para las personas físicas vence en abril.

Por lo anterior, durante los meses de mayo y junio los patrones tienen la obligación de realizar las entregas de PTU a sus trabajadores, mientras que para los patrones personas físicas esta obligación vence en septiembre.

¿En dónde denuncio si una empresa no paga utilidades?
De acuerdo con la LFT, los trabajadores que no hayan recibido el reparto de utilidades correspondiente, a pesar de que su empresa cumpla con los criterios establecidos, disponen de un plazo de un año para reclamar el monto adeudado.

Los trabajadores afectados tienen la opción de presentar su queja directamente a través del área de inspección laboral de la STPS. Pueden hacerlo enviando un correo electrónico a [email protected]. Es importante proporcionar los siguientes datos: nombre de la empresa o razón social, actividad del centro de trabajo, dirección del lugar de trabajo, nombre del representante legal o administrador, RFC del lugar de trabajo o empresa, y motivo de la queja laboral.

Estos datos son obligatorios para dar seguimiento a la queja, aunque se desee mantener el anonimato, según explicó la firma B2B México.

Además, otra opción para reclamar el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es buscar asesoría legal en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Se puede contactar a través de los números telefónicos (800) 717-2942 y (800) 911-7877, así como al (55) 5998-2000 en las extensiones 44782 y 44783.

¡En RAMAR Contadores Públicos te decimos OJO al chícharo!

¿CÓMO CONSULTO EL ESTATUS DE MI DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA 2022?Las personas físicas a quienes les haya resultado un saldo a ...
08/05/2023

¿CÓMO CONSULTO EL ESTATUS DE MI DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA 2022?

Las personas físicas a quienes les haya resultado un saldo a favor de Impuesto sobre la Renta (ISR) en su declaración anual 2022, pueden dar seguimiento al estatus de su devolución a través de la página de Internet del SAT.

Para esto, basta con ingresar a la página www.sat.gob.mx y pulsar sobre la opción “Devoluciones y Compensaciones” > Ver más… > Devolución (Expandir) > Consulta tu devolución automática 2022.

Al pulsar sobre esa opción se abrirá una nueva página en donde se ubica un botón amarillo que dice “Iniciar”. Se solicitará la autenticación del usuarios para proceder a ingresar y a consultar el estatus.

Si lo prefieres ¡Contactanos, en RAMAR Contadores Públicos, estamos para servirte!

SOY PERSONA FISICA Y PRESENTARÉ MI DECLARACION ANUAL FUERA DE PLAZO ¿QUÉ ME PUEDE SUCEDER?...Aquí te diremos.Las persona...
05/05/2023

SOY PERSONA FISICA Y PRESENTARÉ MI DECLARACION ANUAL FUERA DE PLAZO ¿QUÉ ME PUEDE SUCEDER?...Aquí te diremos.

Las personas físicas que presenten su declaración anual de forma extemporánea podrían ser multados y pagar actualizaciones y recargos.

La fecha límite para presentar la declaración anual de las personas físicas, del ejercicio fiscal 2022, fue el martes 2 de mayo de 2023.

Pero por diversas circunstancias existen personas que no pudieron cumplir con esta obligación a tiempo.

De acuerdo con Fiscalia, en las leyes fiscales está previsto que las personas cumplan con sus obligaciones de forma extemporánea. Es decir, fuera del plazo establecido, y señalan las consecuencias que, en su caso, se generan.

Consecuencias por presentar fuera de plazo la declaración
En el artículo se exponen las siguientes consecuencias por presentar fuera de plazo la declaración anual de las personas físicas:

ACTUALIZACIONES Y RECARGOS
El Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que “cuando no se cubran las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, su monto se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, además deberán pagarse recargos en concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno”.

Lo anterior significa que si al contribuyente le resultó un impuesto a cargo en su declaración anual, y la presenta después de la fecha límite, deberá pagar el impuesto correspondiente con la actualización y los recargos que procedan.

MULTAS
El Artículo 73 del CFF señala que “no se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales”.

Por lo anterior, si el contribuyente presenta su declaración anual fuera del plazo, pero sin que haya mediado un requerimiento de la autoridad, entonces no causará ninguna multa.

¡Te recomendamos no te confies, si no has presentado tu declaración anual, hazlo cuando antes y/o acercate con nosotros y evitate problemas con el SAT!

RAMAR Contadores Públicos

5 DE MAYO 2023 ¿DESCANSO OBLIGATORIO?De acuerdo con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 5 de mayo no es día...
04/05/2023

5 DE MAYO 2023 ¿DESCANSO OBLIGATORIO?

De acuerdo con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 5 de mayo no es día de descanso obligatorio.

En mayo hay dos celebraciones: el 1 de mayo se conmemora el Día del Trabajo y el 5 de mayo se conmemora la Batalla de Puebla.

En 2023 el 1 de mayo es lunes y el 5 de mayo es viernes.

De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, esta situación particular puede causar confusiones entre la población en cuanto a cuáles son los días oficiales de descanso.

Por eso, Fiscalia revisó la obligatoriedad de estas fechas como días de descanso y, en consecuencia, su tratamiento desde el punto de vista laboral, fiscal, financiero y procesal:

LABORAL
De acuerdo con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 1 de mayo es día de descanso obligatorio. Por eso, los trabajadores que presten servicios en esa fecha tienen derecho a ser retribuidos con un salario doble, independientemente del salario que le corresponda por el de descanso.

De acuerdo con la citada disposición, el 5 de mayo no es día de descanso obligatorio, por lo que los trabajadores que presten servicios en esa fecha serán retribuidos con su salario normal, a no ser que previamente se hubiera pactado mediante contrato de trabajo que esos días serán de descanso obligatorio. En caso de que se hubiera pactado como día de descanso, los trabajadores que laboren tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

FISCAL
El Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que tanto el día 1 como el 5 de mayo son días inhábiles. Así que no se considerarán en el cómputo de plazos fijados en días, como es el caso de plazos para contestación de requerimientos, presentación de avisos, interposición de recursos, por mencionar algunos.

Las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) permanecerán cerradas para la atención a contribuyentes en dichas fechas.

PROCESAL
En lo referente al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), el Acuerdo SS/4/2023 del Pleno de la Sala Superior del TFJA, publicado el 10 de enero de 2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece como inhábiles tanto el día 1 como el día 5.

Para el Poder Judicial, el Acuerdo 18/2013, del 27 de noviembre de 2013, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), relativo a la determinación de los días inhábiles y los de descanso, indica que los días 1 y 5 de mayo se consideran días inhábiles.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), a través de su Acuerdo 001/2023 publicado en su portal de internet el 13 de enero de 2023, establece como inhábiles tanto el día 1 como el día 5.

FINANCIERA
El 28 de noviembre de 2022 fueron publicadas las ‘Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2023, en que las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones’. En dicho documento se indica que el 5 de mayo se considera como día hábil para el sistema financiero, por lo que estas instituciones permanecerán abiertas.



– Con información de Fiscalia.

Eres emprendedor o empresario, no sabes qué onda con el SAT y sus asuntos, y deseas regularizar tu situación fiscal ¡Con...
04/05/2023

Eres emprendedor o empresario, no sabes qué onda con el SAT y sus asuntos, y deseas regularizar tu situación fiscal ¡Contactamos, nosotros te ayudamos, estamos para servirte!

04/05/2023

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