20/01/2026
¿Estás listo para tu declaración anual?
¿Las facturas de colegiatura están elaboradas correctamente?
Porque aquí viene el detalle que a muchísima gente le falla:
El complemento se llama Complemento Concepto Educativo (IEDU) del CFDI.
Es el único complemento válido para que los pagos por servicios educativos (colegiaturas) puedan ser deducidos correctamente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
1- ¿Cómo se llama exactamente?
✅ Complemento Concepto Educativo (IEDU)
Forma parte del CFDI de Ingreso y se integra a nivel concepto, no a nivel comprobante.
2- ¿Qué datos debe traer obligatoriamente?
Para que el gasto sea deducible, el CFDI debe contener el complemento IEDU con todos los siguientes datos, sin excepción:
Datos del alumno
Nombre completo del alumno
CURP del alumno
Datos del servicio educativo
Nivel educativo, conforme a los niveles autorizados:
Preescolar
Primaria
Secundaria
Bachillerato o equivalente
Profesional técnico
Autorización del plantel, indicando una de las dos:
RVOE (Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios), o
Clave del Centro de Trabajo (cuando aplique)
Datos del pago
RFC del contribuyente que paga
(Puede ser distinto del alumno: padre, madre o tutor)
3- ¿Cuál es el cumplimiento correcto para poder deducirlo?
Para que la deducción sea válida, deben cumplirse todos estos puntos al mismo tiempo:
A. CFDI correcto
Tipo: CFDI de Ingreso
Con Complemento IEDU correctamente llenado
Emitido en el ejercicio fiscal en que se pagó
B. Forma de pago
Transferencia
Tarjeta de crédito
Tarjeta de débito
Cheque nominativo
🚫 No es deducible si se paga en efectivo.
C. Límite anual deducible (por alumno)
El SAT solo permite deducir hasta los siguientes montos anuales, según el nivel educativo:
Preescolar: $14,200
Primaria: $12,900
Secundaria: $19,900
Bachillerato o equivalente: $24,500
4- ¿Cuándo se puede deducir?
✅ En la declaración anual del ejercicio en que se realizó el pago.
No es deducción mensual ni provisional.
Aplica únicamente como deducción personal.
5- ¿Quiénes pueden deducirlo?
Pueden deducir:
✅ Personas físicas:
Padres
Madres
Tutores legales
Siempre que:
Ellos paguen
El CFDI esté a su RFC
Incluya correctamente el Complemento IEDU
No pueden deducir:
🚫 Personas morales
🚫 El propio alumno (si no es quien paga)
🚫 Contribuyentes sin CFDI o con CFDI sin IEDU
6- Error común que invalida la deducción
“Sí me dieron factura, pero sin complemento IEDU”.
Para el SAT:
Factura sin IEDU = gasto no deducible, aunque esté timbrada correctamente.
si su factura de colegiatura no trae el complemento IEDU, para el SAT simplemente no es deducible, aunque esté timbrada. Acérquese con un profesional y evite problemas antes de presentar su declaración anual.