24/08/2026
🚨 PATRÓN: si no conservas estos documentos, en un juicio laboral te puede salir muy caro.
La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 804, establece que el patrón tiene la obligación de conservar y exhibir en juicio determinada documentación laboral.
Entre los principales documentos se encuentran:
📄 Contratos individuales de trabajo.
💰 Listas de raya, nóminas o recibos de pago de salarios.
⏰ Controles de asistencia, cuando se lleven en el centro de trabajo.
🏖️ Comprobantes de pago de vacaciones y primas.
🎄 Comprobantes de aguinaldo.
📊 Comprobantes de participación de utilidades.
🏥 Pagos, aportaciones y cuotas de seguridad social.
⚖️ Y los demás documentos que establezcan las leyes aplicables.
Pero atención con el artículo 805 de la LFT:
⚠️ Si el patrón incumple con la obligación de exhibir estos documentos, puede generarse la presunción de que son ciertos los hechos manifestados por el trabajador en su demanda respecto de dicha documentación, salvo prueba en contrario.
En otras palabras:
No basta con pagar correctamente a tus trabajadores. También necesitas poder demostrarlo.
Una buena administración laboral no comienza cuando llega una demanda; comienza desde la contratación, con expedientes completos, recibos, controles y evidencia documental correctamente resguardada.
📌 Fundamento: artículos 804 y 805 de la Ley Federal del Trabajo.
Guarda esta publicación y revisa qué tan completo está hoy el expediente laboral de tus trabajadores.