19/02/2026
La Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2026 incorpora un mecanismo fiscal orientado a facilitar el retorno a México de recursos mantenidos en el extranjero mediante incentivos fiscales vinculados a la inversión productiva.
Dicho mecanismo se encuentra alineado a la estrategia nacional denominada “Plan México”, que busca impulsar la inversión productiva, la generación de empleo y el crecimiento económico en sectores estratégicos para el desarrollo nacional.
En este sentido, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un comunicado el 9 de febrero de 2026, en el cual destaca los principales elementos del esquema:
• Dirigido: Personas físicas y morales residentes en México, así como residentes en extranjero con establecimiento en el país.
• Retornen: Recursos o ingresos de procedencia lícita que se hayan mantenido en el extranjero hasta el 8 de septiembre de 2025.
• Tasa preferencial: 15% de Impuesto Sobre la Renta (ISR).
• Recursos: Tendrán que invertirse en México por un periodo mínimo de 3 años en actividades productivas, que generen empleo, incluyendo el pago de pasivos a favor de la Federación o la inversión en bonos de deuda gubernamental.
• Operaciones: Deberán realizarse a través de instituciones financieras extranjeras y de instituciones de crédito o casas de bolsa mexicanas reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
• Vigencia: Hasta el 31 de diciembre de 2026.
• Aspectos que considerar respecto del retorno de capital que ingresen:
-En el primer semestre invertirse a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
-En el segundo semestre invertirse a más tardar el 30 de junio de 2027.
En este contexto, el esquema puede representar una oportunidad relevante para aquellos contribuyentes que evalúan el retorno de capitales del extranjero al país.
No obstante, la implementación de este esquema requiere un análisis previo, así como una evaluación individualizada con el fin de definir la estrategia óptima.