11/05/2026
Sujetos exentos de presentar declaración anual
Estás exento de presentar declaración anual, si te ubicas en los siguientes supuestos:
*Obtuviste ingresos solo por salarios de un solo patrón (incluso si rebasaron 400,000.00 pesos), siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo.
*Obtuviste ingresos por intereses reales que no hayan excedido de $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) en el año, que provengan de instituciones que componen el sistema financiero y apliquen la retención del artículo 135 de la LISR.
No obstante si así lo deseas puedes presentar tu Declaración anual del ejercicio 2025.