07/01/2024
En realidad son 5 factores los que combinados impactan el importe de la Pensión.
A saber:
1). Semanas cotizadas.
Con un mínimo de 500 semanas que son casi 10 años, obtendrás apenas un 13% y por cada 52 semanas adicionales, se incrementará un 2.45%.
2). Salario Base de Cotización Promedio.
Para el cálculo de tu Pensión se considerará sólo el promedio de las últimas 250 semanas previas a que te pensiones.
3). Edad.
Para Pensión por Cesantía en Edad Avanzada, requieres cumplir mínimo 60 años y obtendrás un porcentaje del 75% y 5% más por cada año adicional hasta los 64; y para obtener la Pensión por Vejez, requieres tener como mínimo 65 años de edad y recibirás el 100%.
Tiene que tomarse en cuenta que dichas cantidades y porcentajes aplican de acuerdo a la combinación conjunta de los tres factores; es decir, no son aplicables directamente cada uno de ellos, ni de forma independiente.
Esos tres factores "combinados" son los que permiten calcular el monto de la Pensión, además de los siguientes dos factores que están relacionados con su situación Familiar.
4). Ayudas Familiares y/o Ayudas Asistenciales.
La Pensión también se incrementa de acuerdo a dos factores más que son el estado civil y su situación familiar, ya que en caso de estar casado y tener Esposa o Esposo, o en su caso Concubina o Concubinario, la Pensión se incrementa otro 15% adicional y en caso de tener Hijos menores de edad o que aún estudien hasta los 25 años de edad, podrá incrementarse otro 10% por cada uno de ellos; o si no tienen Esposa o Esposo, ni Concubina o Concubinario, ni Hijos menores de edad, si sus Padres aún están vivos y dependen de Ustedes, la Pensión se incrementa otro 10% por cada uno; y si no tienen ningún dependiente económico, la Pensión se incrementa un 15% por Ayuda Asistencial o por vida solitaria, para que puedan contratar o pagar los servicios de algún Familiar o Servicios de apoyo y atención.
5). Acuerdo Presidencial compensatorio.
La Pensión también se incrementa otro 11%, con la aplicación del Acuerdo Presidencial autorizado para compensar los ajustes realizados a la Tabla de Porcentajes para el cálculo de Pensiones.
Si alguien quiere calcular o proyectar la Pensión que puede obtener, les sugerimos utilizar alguno de los simuladores o calculadoras que existen, aunque lo mejor será que soliciten asesoría a alguna de las empresas o despachos profesionales expertos que sean de su confianza, para poder realizar la planeación más adecuada y conveniente de la mejor opción posible para que obtengan la Pensión óptima, de acuerdo a su situación personal, familiar y económica, incluyendo la posibilidad de aprovechar la Modalidad 40 que se establece en la Ley del Seguro Social de 1973, ya sea para incrementar el número de semanas cotizadas y/o para mejorar el Salario Promedio de las últimas 250 semanas cotizadas previas a pensionarse.
Recuerden que las Calculadoras están basadas en lo que las Leyes del Seguro Social de 1973 y 1997 establecen. No es cuestión de magia.