18/08/2026
⚠️ EFOS y EDOS: un riesgo fiscal que debes conocer
El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación establece un mecanismo para detectar operaciones que la autoridad presume inexistentes. Actualmente, el SAT mantiene publicados los listados de contribuyentes presuntos, definitivos, desvirtuados y con sentencia favorable.
🔴 EFOS
Son contribuyentes que emiten CFDI respecto de operaciones que la autoridad presume inexistentes, por ejemplo, cuando no cuentan con activos, personal, infraestructura o capacidad material para realizar las operaciones facturadas.
🔵 EDOS
Son quienes dan efectos fiscales a esos comprobantes, es decir, adquieren bienes o servicios de un contribuyente señalado por operaciones inexistentes y pretenden utilizarlos para efectos fiscales.
💡 El verdadero riesgo está en ser receptor de una factura aparentemente normal.
Por eso, antes de contratar a un proveedor, conviene verificar su situación en los listados del artículo 69-B y, sobre todo, conservar evidencia de que la operación realmente ocurrió: contratos, transferencias, entregables, fotografías, reportes, correos, órdenes de compra y demás documentación relacionada.
⚠️ Una factura timbrada no demuestra por sí sola la materialidad de una operación.
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