05/05/2026
El 4 de mayo de 2026, se publicó el Decreto por el que se habilita la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior.
Lo anterior representa que de ahora en adelante la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior será el único medio para que las Autoridades en materia de comercio exterior reciban, gestionen y resuelvan los trámites en dicha materia.
A través de la Ventanilla, las Personas Interesadas podrán realizar las siguientes operaciones:
I. Presentar solicitudes de Trámites;
II. Consultar en tiempo real el estado de los procesos y resoluciones de sus solicitudes de Trámites;
III. Efectuar pagos electrónicos de las contribuciones causadas por las operaciones de comercio exterior, y
IV. Recibir notificaciones, requerimientos, resoluciones y demás actos administrativos emitidos por las autoridades competentes, conforme a las disposiciones aplicables.
Al usar la Ventanilla y el Expediente Único de Comercio Exterior, se entenderá que las Personas
Interesadas aceptan que las notificaciones se realicen mediante el mismo medio.
En un plazo no mayor a quince días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones habilitará la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior para la recepción de los trámites de las Autoridades en materia de comercio exterior.
Excelente día y a correr con estos cambios!…