27/05/2026
Artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF) .Está es una de las herramientas más agresivas del SAT, ya que regula la restricción temporal del Certificado de Sello Digital (CSD) antes de su cancelación definitiva, dejándonos prácticamente inoperables para facturar.
Para este 2026, las principales causales de restricción temporal se resumen en los siguientes supuestos clave:
1. Omisiones y Descuadres en Declaraciones
No presentar la declaración anual transcurrido un mes posterior al vencimiento del plazo legal.
No presentar dos o más declaraciones provisionales o definitivas (consecutivas o no).
2. Situación del Domicilio Fiscal (El clásico "No Localizado")
Que el SAT, durante el ejercicio de sus facultades de comprobación, detecte que el contribuyente no puede ser localizado en su domicilio fiscal.
Que el contribuyente desaparezca durante el procedimiento o desocupe el local sin presentar el aviso de cambio correspondiente.
3. Discrepancias Fiscales (CFDI vs. Declaraciones)
La autoridad detecte que los ingresos declarados, el valor de los actos/actividades, o el impuesto retenido no concuerden con los datos asentados en los CFDI emitidos, expedientes, documentos o bases de datos del SAT.
4. Operaciones con "Factureras" (EFOs) y Pérdidas Fiscales
Haberle dado efectos fiscales a comprobantes de un EFO definitivo (Artículo 69-B) sin haber acreditado la materialidad de la operación o corregido la situación fiscal dentro del plazo de 30 días.
Transmitir indebidamente pérdidas fiscales (Artículo 69-B Bis), cuando se ubique al contribuyente en el listado definitivo.
5. Inconsistencias en Buzón Tributario y Datos de Contacto
Que los medios de contacto proporcionados para el Buzón Tributario no sean correctos, auténticos o no se mantengan actualizados.
Ante una notificación de restricción bajo el 17-H Bis, tenemos la opción de presentar una solicitud de aclaración (procedimiento de desahogo).👨🏫