21/05/2026
¡Que no te agarre en curva el SAT! Las 5 multas más comunes este 2026
Llevar una contabilidad sana no es solo para "cumplir", ¡es para proteger las finanzas de tu negocio o tu bolsillo! Con las actualizaciones fiscales vigentes para este 2026, los descuidos u omisiones con el fisco salen bastante caros.
Te compartimos el "Top 5" de las infracciones más detectadas por la autoridad, cuánto te pueden costar y su fundamento legal directo:
1. No presentar la Declaración Anual (o provisionales) a tiempo. Dejar pasar las fechas límite o esperar a que el SAT te lo exija formalmente multiplica el costo.
Multa: De $2,050 a $10790.00 MXN por cada obligación omitida. Si te llega un requerimiento y no contestas, puede subir hasta los $50,710 MXN. (art 81 y 82 CFF)
2. No emitir facturas (CFDI) o emitirlas con errores. No entregar factura a tus clientes, no timbrar la nómina correctamente o equivocarse en los datos del receptor (como el RFC o régimen).
Multa: De $22,300 a $127,530 MXN (para el régimen general). Además, ¡cuidado! En caso de reincidencia, el SAT puede clausurar preventivamente el negocio de 3 a 15 días. (art 83 y 84 CFF)
3. Ignorar o no actualizar el Buzón Tributario. No tener habilitado este canal, o no registrar/actualizar tus medios de contacto (correo y celular) para recibir notificaciones.
Multa: De $3,850 a $11,540 MXN. (art 86c y 86D CFF)
4. Discrepancia entre tus Ingresos Declarados y los CFDI Emitidos. A través de la vigilancia profunda, el SAT detecta si declaraste menos de lo que realmente facturaste.
Sanción: Además de recargos (que para este 2026 se ubican en una tasa del 2.07% mensual por mora), genera una multa del 55% al 75% del impuesto omitido. (Art 76 CFF)
5. No enviar la Contabilidad Electrónica. Presentarla fuera de plazo, incompleta o con errores en el catálogo de cuentas o balanzas.
Multa: Puede llegar hasta los $353,010 MXN dependiendo del tipo de omisión (e incluso duplicarse en reincidencias). (art. 81 y 82 CFF)
Recuerda que si corriges tus omisiones de forma espontánea (es decir, antes de que el SAT te notifique formalmente un requerimiento en tu Buzón Tributario), puedes evitar la imposición de la mayoría de estas multas administrativas.