03/04/2014
IEPS
ALIMENTOS CON ALTO CONTENIDO CALÓRICO
El impuesto consiste en gravar con la tasa del 8% la enajenación de los alimentos no básicos que se listas a continuación, con una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos.
o Botanas
o Productos de confitería
o Chocolate y demás productos derivados del cacao.
o Flanes y pudines
o Dulces de frutas y hortalizas
o Cremas de cacahuates y avellanas
o Dulces de leche
o Alimentos preparados a base de cereales
o Helados, nieves y paletas de hielo