23/10/2026
Recuerda que si rentas un terreno y haces construcción sobre el, cada año deducirás el 5% de la construcción, pero el último año del contrato deduces el resto.
Si por ejemplo es a 5 años, durante el año 1 al 4 deduces el 20% de la construcción y en el 5to año el 80% restante.
El dueño del terreno tendrá que considerar como ingreso las construcciones que dejen sobre el terreno.