21/10/2022
PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS Y EL PAGO DE SUS IMPUESTOS.
✅ Deberán tributar y pagar el ISR conforme al Título IV, Capítulo II, sección III de la Ley del ISR, los contribuyentes personas físicas que enajenen bienes o presten servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares que presten los servicios a que se refiere la fracción II del artículo 18-B de la Ley del IVA.
Fracción II del artículo 18-B de la Ley del IVA:
"Los de intermediación entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos".
✅ Pagarán el impuesto mediante retención que efectuarán las personas morales residentes en México o residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país.
✅ Podrán optar por pagar sus impuestos mediante las retenciones que les haga la aplicación (persona moral) y se considerarán como definitivas (o sea que no será obligatorio que presenten declaración por su cuenta).
Para que se considere como definitiva deberán cumplir los siguientes requisitos:
I. Cuando únicamente obtengan ingresos por conforme a la sección III (plataformas tecnológicas), Capítulo I (sueldos y salarios) y Capítulo IV (enajenación de bienes) y la suma de todos esos ingresos en su conjunto no excedan de $300,000 pesos anuales.
II. Deberán presentar ante el SAT un aviso en el que manifiesten su voluntad de optar porque las retenciones que se les realicen en términos del artículo anterior, sean consideradas como definitivas, dentro de los 30 días siguientes a aquel en que el contribuyente perciba el primer ingreso por el pago de las contraprestaciones por las actividades a que se refiere esta Sección.
Las personas que opten por considerar las retenciones como pagos definitivos de ISR:
❌ No podrán hacer las deducciones que correspondan por las actividades realizadas a través de las plataformas tecnológicas.
✅ Deberán expedir comprobantes fiscales que acrediten los ingresos que perciban, en aquellos casos en que la prestación de servicios o la enajenación de bienes se realice de manera independiente a través de las plataformas tecnológicas.