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Jubilación flexible: más facilidades para trabajar y cobrar parte de la pensiónEl 28 de mayo de 2026 se ha publicado en ...
28/05/2026

Jubilación flexible: más facilidades para trabajar y cobrar parte de la pensión
El 28 de mayo de 2026 se ha publicado en el BOE un Real Decreto para mejorar la jubilación flexible. Esta modalidad permite que una persona ya jubilada pueda volver a trabajar y, al mismo tiempo, seguir cobrando una parte de su pensión.
La finalidad de esta reforma es facilitar que quienes lo deseen puedan mantenerse activos laboralmente, siempre de forma voluntaria, sin perder por completo su pensión de jubilación.
¿Cuándo entrará en vigor?
La nueva regulación entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
¿Qué es la jubilación flexible?
La jubilación flexible permite que una persona que ya está jubilada pueda volver a trabajar y compatibilizar ese trabajo con el cobro de una parte de su pensión.
Hasta ahora, esta posibilidad estaba pensada principalmente para trabajos por cuenta ajena a tiempo parcial. Con la nueva regulación, también se permitirá compatibilizar la pensión con una actividad por cuenta propia, es decir, como autónomo.
Principales novedades
1. Se podrá acceder en cualquier momento
Ya no será necesario esperar un tiempo mínimo desde que se reconoce la pensión de jubilación. Una vez concedida la pensión, la persona jubilada podrá solicitar la jubilación flexible cuando quiera.
2. También podrán acogerse los autónomos
Una de las novedades más importantes es que la jubilación flexible también se abre al trabajo por cuenta propia.
Es decir, una persona jubilada podrá iniciar una actividad como autónoma y cobrar parte de su pensión, siempre que no haya estado dada de alta como autónoma en los tres años anteriores a su jubilación.
3. Más margen para trabajar a tiempo parcial
En el caso de quienes trabajen por cuenta ajena, se amplía el porcentaje de jornada que pueden realizar.
Antes, el trabajo podía estar entre el 25% y el 75% de la jornada completa. Con la nueva regulación, la jornada podrá estar entre el 33% y el 80%.
4. Mejores incentivos económicos
La pensión se seguirá reduciendo en función de la jornada que se trabaje. Es decir, cuanto más se trabaje, menor será la parte de pensión que se cobre.
Pero como novedad, si la persona accede a la jubilación flexible al menos seis meses después de haberse jubilado, podrá recibir un porcentaje adicional de pensión:
• Si trabaja entre el 55% y el 80% de la jornada completa, la pensión se incrementará en un 25% adicional.
• Si trabaja desde el 33% hasta menos del 55% de la jornada, la pensión se incrementará en un 15% adicional.
5. En el caso de autónomos
Si el pensionista realiza una actividad por cuenta propia, podrá cobrar hasta el 25% de la pensión mientras desarrolla esa actividad.
Protección del pensionista
Durante el tiempo que dure la jubilación flexible, la persona seguirá siendo considerada pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social.
Además, en algunos casos, cuando la persona vuelva a la jubilación completa, su pensión podrá mejorar. Esto será especialmente relevante para quienes accedieron antes a una jubilación anticipada involuntaria, ya que se podrá recalcular la pensión teniendo en cuenta las nuevas cotizaciones realizadas durante la jubilación flexible.
¿A quién se aplica?
La nueva regulación se aplicará, con carácter general, a los regímenes de la Seguridad Social.
No obstante, quedan fuera algunos regímenes especiales, como los de funcionarios civiles del Estado, Fuerzas Armadas y personal al servicio de la Administración de Justicia.
Objetivo de la reforma
Esta medida forma parte del proceso de reforma de las pensiones iniciado en los últimos años. Su objetivo es facilitar una transición más gradual entre el trabajo y la jubilación.
El Gobierno busca que las personas puedan elegir, de forma voluntaria, si quieren jubilarse completamente, retrasar su jubilación, seguir trabajando parcialmente o volver a trabajar después de haberse jubilado.
Según los datos incluidos en el artículo, cada vez hay más personas que retrasan voluntariamente su jubilación y menos personas que se jubilan anticipadamente. También han aumentado las jubilaciones activas, que permiten seguir trabajando después de alcanzar la edad de jubilación.

Novedades renta 2025 en La RiojaPara la Renta 2025 en La Rioja —declaración que se presenta entre el 8 de abril y el 30 ...
27/04/2026

Novedades renta 2025 en La Rioja
Para la Renta 2025 en La Rioja —declaración que se presenta entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026— las novedades principales son estas:
1. Tres nuevas deducciones autonómicas
El Gobierno de La Rioja destaca 3 nuevas deducciones en la campaña de Renta 2025: celiaquía, inicio de actividad económica en el medio rural y cuotas a organizaciones agrarias.
Novedad Importe / deducción Claves
Enfermedad celíaca diagnosticada 250 € por persona Aplica por cada integrante del núcleo familiar con celiaquía diagnosticada. Requiere certificado médico con diagnóstico definitivo, identificación del médico, número de colegiado, especialidad y fecha de diagnóstico.
Inicio de actividad agraria en el medio rural 1.000 € Para contribuyentes residentes en La Rioja que inicien actividad agraria como autónomos desde el 1 de enero de 2025. No cuentan autónomos colaboradores ni socios de sociedades mercantiles de capital.
Cuotas a organizaciones profesionales agrarias 100% de lo pagado, límite 100 € anuales Incluye cuotas de inscripción, periódicas o extraordinarias abonadas a organizaciones profesionales agrarias.
Ojo con la deducción de actividad agraria: el Gobierno central ha anunciado recurso ante el Tribunal Constitucional por posible invasión competencial, al entender que se vincula al ejercicio de actividades económicas.
2. Deducción por celiaquía: la novedad más clara
La propia página de Tributos de La Rioja la marca como novedad: la Ley 9/2025 crea esta deducción con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025. Permite aplicar 250 € por cada persona de la unidad familiar con enfermedad celíaca diagnosticada.
Se consideran integrantes del núcleo familiar: el contribuyente, su cónyuge y quienes den derecho al mínimo por ascendientes o descendientes en IRPF. Si dos o más contribuyentes tienen derecho por la misma persona, la deducción se reparte por partes iguales.
3. Siguen vigentes deducciones importantes
Además de las novedades, La Rioja mantiene deducciones relevantes:
Deporte y ejercicio físico
Deducción del 30% de gastos en gimnasios, instalaciones deportivas, entidades inscritas en el Registro del Deporte de La Rioja, clases deportivas o licencias federativas riojanas. Para mayores de 65 años y personas con discapacidad igual o superior al 33%, la deducción sube al 100%. El límite máximo es 300 € anuales y se exige factura completa u ordinaria, no factura simplificada.
Intereses hipotecarios
Sigue la deducción del 15% de los intereses pagados por préstamos o créditos hipotecarios para adquisición de vivienda habitual en La Rioja, con base máxima anual de 5.000 € por vivienda habitual. La vivienda debe haberse adquirido después del 1 de enero de 2013. Es aplicable en los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
Enfermos de ELA
Deducción del 50% de los gastos relacionados con diagnóstico y tratamiento de ELA, con límite máximo de 2.000 € anuales. Incluye servicios de profesionales sanitarios, tratamientos prescritos y gastos destinados a paliar síntomas; exige factura completa u ordinaria.
4. Listado de deducciones autonómicas aplicables
La AEAT recoge para La Rioja deducciones por nacimiento/adopción, vivienda en pequeños municipios, escuelas infantiles, acogimiento familiar, hijos de 0 a 3 años, vehículos eléctricos, fijación de población en el medio rural, Internet y suministros para jóvenes emancipados, vivienda y alquiler joven, bicicletas, rehabilitación, segunda vivienda rural, discapacidad, mecenazgo, patrimonio histórico, deporte, ELA, cuotas agrarias, celiaquía e intereses hipotecarios.
En resumen: para Renta 2025 en La Rioja, lo nuevo a revisar sí o sí es celiaquía, actividad agraria en medio rural y cuotas a organizaciones agrarias; y no olvidaría comprobar las deducciones que siguen vigentes por deporte, hipoteca, ELA, alquiler joven, vivienda en pequeños municipios y guardería/escuela infantil.

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