16/03/2020
Estimados clientes y colaboradores,
Debido a la excepcional situación en la que nos encontramos derivada de la propagación del COVID-19, habiendo declarado el sábado el Gobierno de España el estado de alarma recogido en el art.116 de nuestra Constitución, nos ponemos en contacto con ustedes para informarles de las medidas que RTR Consultores ha adoptado siguiendo su Plan de Contingencia para garantizar la continuidad de sus servicios.
Queremos transmitirles que nuestra prioridad en estos momentos es preservar la salud de nuestros empleados, clientes, proveedores y colaboradores. En este sentido, a efectos de garantizar la continuidad de nuestros servicios con total normalidad, se han tomado medidas extraordinarias como la deslocalización de algunos equipos de trabajo de la empresa, además de facilitar, e la medida de lo posible, la conciliación de la vida familiar de nuestros trabajadores y colaboradores durante esta etapa de aislamiento.
Hemos elaborado este plan de contingencia de manera que no se vea mermada la calidad del servicio que le prestamos, así, les informamos que siempre habrá alguien en nuestras oficinas, durante nuestro horario habitual, y que nos tienen a su disposición en los teléfonos y direcciones de email habituales.
Recordarles dos cuestiones que afectan a los tributos:
La primera, que en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en su Disposición Adicional Segunda, se estableció que “se suspendan e interrumpen los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”, por lo que cualquier vencimiento que tuviéramos ante las administraciones públicas quedan suspendidos hasta que el decreto ley pierda vigencia.
La segunda, para el momento en que se reanuden los plazos para la presentación de impuestos, entre las medidas aprobadas el jueves pasado en el Consejo de Ministros, el Ejecutivo ha incluido la posibilidad de aplazar pagos e impuestos para pymes y autónomos (facturación anual inferior a 6.010.121,04 €). El decreto ley aprobado establece “se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive”.
Por último, reiterarles nuestra disposición para seguirles prestando nuestros servicios, como siempre, con los mejores estándares de calidad y recordarles que nos tienen a su disposición en los teléfonos y direcciones de email habituales.
Con el deseo de que pronto superemos este episodio sanitario, les saludamos cordialmente.
Equipo RTR Consultores