Afyde Asesores Consultores

Afyde Asesores Consultores En Afyde creemos en los proyectos. Somos una empresa formada por profesionales especializados en el sector, pondremos a tu disposición toda su experiencia

🎉 ¡Felices Ferias y Fiestas! 🎉Desde Afyde queremos desearos unos días llenos de alegría, momentos compartidos y mucha di...
03/09/2026

🎉 ¡Felices Ferias y Fiestas! 🎉

Desde Afyde queremos desearos unos días llenos de alegría, momentos compartidos y mucha diversión.

¡A disfrutar de la fiesta! 🥳✨

Cuando toda la gestión está en orden, puedes dedicar tu energía a hacer crecer tu negocio.Nosotros nos ocupamos del rest...
27/08/2026

Cuando toda la gestión está en orden, puedes dedicar tu energía a hacer crecer tu negocio.
Nosotros nos ocupamos del resto.

➡️Nuestro trabajo va más allá de responder consultas.
Buscamos la mejor alternativa para que tu empresa siga creciendo con seguridad.

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19/08/2026

Las empresas evolucionan y sus necesidades también. En Afyde te ofrecemos un asesoramiento actualizado, cercano y adaptado a cada etapa de tu negocio.
➡️Porque crecer también significa saber adaptarse.

Antes de actuar, hay que conocer la situación. En Afyde analizamos cada detalle para ayudarte a tomar decisiones con con...
13/08/2026

Antes de actuar, hay que conocer la situación. En Afyde analizamos cada detalle para ayudarte a tomar decisiones con confianza y minimizar riesgos. 👌

¿Cómo debe actuar el administrador si recibe una notificación de embargo del juzgado? 🤔Un banco demandó a un socio de su...
05/08/2026

¿Cómo debe actuar el administrador si recibe una notificación de embargo del juzgado? 🤔

Un banco demandó a un socio de su empresa para reclamarle una deuda relacionada con un préstamo personal. El socio fue condenado y, dado que no pagó la deuda y sus únicos bienes eran las participaciones sociales en la SL, el juzgado acordó su embargo.

Por este motivo, el administrador ha recibido del juzgado una “diligencia de embargo”, en la que le comunica la identidad del embargante y las participaciones embargadas. Pues bien, vea qué debe hacer un administrador para cumplir con esta diligencia.

➡️En primer lugar, debe anotar el embargo de las participaciones en el libro registro de socios de la sociedad; en el apartado correspondiente al socio afectado, deberá indicar el número de las participaciones que han sido embargadas, así como los datos del embargo (juzgado de procedencia, número de diligencia y fecha). Además, deberá legalizar el libro —es decir, presentarlo en el Registro Mercantil— de forma telemática.

Una vez realizada la anotación, deberá preparar un certificado firmado por el administrador en el que conste el nombre del socio y las participaciones afectadas por el embargo. Debe indicarse también si existen pactos que limiten la libre transmisión de las participaciones embargadas o cualquier otra cláusula estatutaria o contractual que las afecte.

Tras lo anterior, podrá contestar por escrito la diligencia de embargo adjuntando una copia del libro registro de socios y la certificación. Debe indicarse en esta respuesta al juzgado que el libro registro se legalizará en el Registro Mercantil en el plazo legalmente previsto.

Por último, sepa que este embargo también tiene repercusiones para los demás socios:

👉El administrador debe remitir una copia de la notificación a todos los socios.
👉Además, si el embargo sigue adelante y las participaciones salen a subasta, los socios tendrán un derecho preferente para adquirirlas (pagando el importe por el que se hayan adjudicado en la subasta). El plazo para ejercitarlo es de un mes desde que el juzgado comunique la adjudicación.
👉Es aconsejable que los estatutos de su sociedad prevean este derecho de adquisición preferente también en favor de la propia sociedad.

Nuestros profesionales le ayudarán y asesorarán en todas aquellas cuestiones legales relacionadas con su cargo de administrador.

Algunas empresas intentan ocultar sus ingresos manipulando su contabilidad, pensando que la Inspección tributaria no lo ...
31/07/2026

Algunas empresas intentan ocultar sus ingresos manipulando su contabilidad, pensando que la Inspección tributaria no lo detectará. Por ejemplo:

👉Contabilizan la entrada de fondos procedente de una venta como si se tratase de un préstamo recibido de los socios.
👉O contabilizan un gasto y dejan el pago pendiente, imputándolo a un proveedor inexistente.
👉Ambos casos suponen mantener en el pasivo unas deudas inexistentes, que se mantienen en el tiempo y que distorsionan la contabilidad y la imagen de la empresa.

Estas prácticas pueden ser descubiertas fácilmente por Hacienda (por ejemplo, porque la Inspección detecta que el margen bruto obtenido por la empresa es muy inferior al de sus competidores o al declarado en los años anteriores, o porque los gastos generales han aumentado sin que haya una correlación en un aumento de ingresos).

Si Hacienda descubre esta práctica, la única defensa pasa por demostrar que los ingresos no declarados corresponden a ejercicios ya prescritos (es decir, ejercicios que Hacienda ya no puede revisar). Pero si ello no es posible, las sanciones aplicables serán muy importantes.

✅Nuestros profesionales conocen la normativa fiscal y todos los incentivos aplicables, y le asesorarán sobre cómo reducir su factura con Hacienda cumpliendo la normativa y sin riesgo de sanción.

Si los empleados trabajan más de seis horas seguidas, se les debe conceder un descanso de al menos 15 minutos (o de 30 s...
21/07/2026

Si los empleados trabajan más de seis horas seguidas, se les debe conceder un descanso de al menos 15 minutos (o de 30 si se trata de menores de 18 años que trabajan más de cuatro horas y media seguidas). Eso sí: dicho descanso no es retribuido, por lo que ese tiempo se debe recuperar, con carácter general (si los trabajadores históricamente nunca han recuperado esos 15 minutos de descanso obligatorio, esa condición sólo podrá eliminarse a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo).

Si no se respetan dichas pausas, la Inspección de Trabajo podrá sancionar a la empresa con una multa de hasta 7.500 euros por vulnerar los derechos laborales básicos.

✅ Durante la pausa del bocadillo, el trabajador tiene derecho a descansar, por lo que la empresa no le puede exigir disponibilidad física (por ejemplo, requerirle que esté en una sala concreta o en las proximidades del centro) ni digital (por ejemplo, exigirle tener el teléfono corporativo encendido y atender las llamadas que reciba).

Así, los tribunales consideran que, cuando la empresa no pueda garantizar la desconexión total durante este descanso, dicho período debe computarse como tiempo de trabajo. Es decir, no es tiempo de descanso si han de estar pendientes de una posible llamada, pues no se materializa la desconexión real.

➡️Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga respecto a los descansos y la desconexión digital.

Para constituir una SL es habitual que, por un lado, haya que realizar actos preparatorios (como reservar su denominació...
16/07/2026

Para constituir una SL es habitual que, por un lado, haya que realizar actos preparatorios (como reservar su denominación social). Además, también es frecuente que se empiecen a celebrar contratos o a desarrollar actividades que ya son propias del negocio que será objeto de la sociedad (por ejemplo, encargar a un proveedor un producto que será utilizado por la futura empresa), especialmente si se tiene prisa por empezar la actividad.

No obstante, aunque esto es habitual, tenga en cuenta que, si las cosas no van según lo previsto, corre el riesgo de tener que hacerse cargo de los compromisos asumidos, aunque la responsabilidad en cada caso será diferente. De este modo:

👉La sociedad en formación (con el patrimonio que tenga) y los socios (personalmente, con el límite de la aportación que se hayan comprometido a realizar) responden de todos los actos o contratos que sean indispensables para su inscripción en el Registro Mercantil. Una vez inscrita la sociedad, la responsabilidad pasa a ser sólo de ésta.
👉En el caso de las actuaciones realizadas o los contratos suscritos para desarrollar la actividad, si no se han celebrado en nombre de la sociedad, de ellos responde la persona que los haya suscrito.
👉Por tanto, si usted hace un encargo a un proveedor cuando la sociedad aún está en formación y al final el negocio no va bien (por ejemplo, porque no prospera y deciden no acabar de constituir la sociedad), puede acabar respondiendo personalmente de las obligaciones contraídas con dicho proveedor.

Nuestros profesionales le ayudarán y asesorarán legalmente en todo lo relacionado con la constitución de una sociedad.

08/07/2026

La declaración de IRPF en la que deben incluirse los salarios atrasados que se cobren en 2026 puede variar según la fecha de su cobro.

Los rendimientos del trabajo deben declararse en el año en el que son exigibles. No obstante, si la empresa no los satisface en ese momento (por problemas de liquidez, por ejemplo), el trabajador puede declararlos cuando los cobre, junto con la retención soportada. Para ello, según la ley, debe presentar una declaración de IRPF rectificativa del ejercicio en el que dichos atrasos fueron exigibles, y debe hacerlo dentro del plazo comprendido entre la fecha de cobro y el final del siguiente plazo de presentación de declaraciones.

La presentación de dicha declaración rectificativa no conlleva el pago de intereses de demora, recargos ni sanciones. Eso sí: para evitar problemas con Hacienda, al presentarla es importante dejar constancia del motivo de la rectificación en el modelo del IRPF.

Pues bien, al interpretar la regla anterior, muchos contribuyentes consideran que si en 2026, por ejemplo, cobran atrasos de 2025, la rectificativa de 2025 siempre puede presentarse hasta junio de 2027 (que es cuando vence el plazo para presentar la declaración de 2026). Sin embargo, esta interpretación no es del todo correcta:

👉A partir del 8 de abril. Si los atrasos de 2025 se cobran a partir del 8 de abril de 2026 (fecha de inicio del plazo de declaración del IRPF de 2025), la situación sí puede regularizarse hasta junio de 2027. A estos efectos, se puede optar por incluir los atrasos en la declaración de IRPF de 2025 (si, por ejemplo, se cobran antes del 30 de junio de 2026 y el afectado todavía no ha presentado su declaración de 2025), o bien por presentar una rectificativa de la declaración de 2025 hasta el 30 de junio de 2027.
👉Hasta el 7 de abril. En cambio, si los atrasos se han cobrado entre el 1 de enero y el 7 de abril de 2026, es obligatorio incluirlos en la declaración del IRPF de 2025, que se presenta hasta el 30 de junio de 2026. Ésa es la fecha en la que vence el plazo de presentación más cercano; si declara los atrasos más tarde, Hacienda puede exigirle recargos por hacerlo fuera de plazo.

Cuando se alcanza el plazo máximo de duración de una incapacidad temporal (365 días más una posible prórroga de 180 días...
02/07/2026

Cuando se alcanza el plazo máximo de duración de una incapacidad temporal (365 días más una posible prórroga de 180 días), se llega a un total de 545 días de baja médica. A partir de ese momento, en general la empresa deja de cotizar por la persona trabajadora y tramita su baja en la Seguridad Social. En este sentido:

👉Aunque el empleado ya no figure de alta a efectos de cotización, su contrato de trabajo no se extingue. Éste queda suspendido mientras el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decide si concede al afectado una incapacidad permanente o si emite su alta médica.
👉Durante ese período, el trabajador mantiene un derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo si recibe el alta médica. Por tanto, aunque él no esté prestando servicios, su puesto no puede considerarse vacante.

Pues bien, si la empresa necesita cubrir ese puesto de trabajo, debe formalizar un contrato de sustitución (antes, contrato de interinidad), que es el que se debe utilizar para cubrir temporalmente un puesto mientras dure la suspensión del contrato de la persona titular. En el contrato la empresa debe identificar al trabajador sustituido e indicar de forma clara el motivo de la sustitución. Es decir, explicar que el contrato de la persona titular está suspendido tras superar el período máximo de IT y mientras el INSS resuelve su situación.

El contrato de sustitución se extinguirá cuando se produzca alguna de las siguientes situaciones:

➡️La reincorporación de la persona trabajadora titular del puesto de trabajo (a quien se ha sustituido), si el INSS no le reconoce la incapacidad permanente.
➡️O bien la extinción del contrato de dicha persona por su reconocimiento de incapacidad permanente (siempre que a la empresa no le sea posible hacer ajustes en su puesto).

Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga sobre contratos de trabajo.

Dirección

Calle DOCTOR BONARDELL 11, OFICINA 9
Alcázar De San Juan
13600

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 14:00
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