17/04/2026
Sabías que la presente resolución⬆️ reforma las normas para la declaración y pago de manera conjunta del IVA y precisando que ambos procesos deben cumplirse de manera integrada; en este sentido, la realización de un pago parcial o la falta de pago conllevará que la declaración sea considerada como no presentada, con las respectivas implicaciones tributarias.
👉Este cambio no aplicará para los exportadores y proveedor directo de exportadores🚚 siempre que se encuentren en el Sistema SDII como activos.
❗Las modificaciones previstas en la resolución aplicarán para las declaraciones presentadas a partir de junio de 2026 🗓️por lo que se recomienda disponer de un flujo de caja adecuado ante los plazos de pago y cumplimiento.
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