10/04/2026
💳 ¿Usaste tu tarjeta en el exterior? Ojo con el ISD 🇪🇨
La Resolución NAC-DGERCGC25-00000009 del SRI 2025 sobre el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) establece reglas clave que debes cumplir:
🔹 Monto clave:
Si tus consumos en el exterior superan USD 5.188,26 anuales, se genera obligación de pagar ISD.
🔹 ¿Cuándo declaras?
Debes liquidar y declarar en abril del año siguiente, según el noveno dígito de tu RUC. (En este año hay que declarar del año 2025)
🔹 ¿Cuándo aplica esta obligación?
Cuando no te realizaron retenciones automáticas del ISD al momento del consumo, o tienes que ajustar el valor a pagar.
🔹 Base legal importante:
El ISD se genera por transferencias o pagos al exterior, y puede ser percibido o retenido por intermediarios financieros, revisa las retenciones que te han hecho los bancos.
🔹 Responsabilidad tributaria:
Estás obligado a cumplir con la declaración y pago cuando se configure el hecho generador del tributo, así no tengas RUC activo.
⚠️ Recomendación:
Revisa tus consumos internacionales y confirma si tu banco realizó la retención. De lo contrario, debes cumplir con esta obligación directamente ante el SRI. Contáctanos si tienes dudas de como declarar y liquidar este impuesto.