Gaitan&Diana Asesores en Seguros

Gaitan&Diana Asesores en Seguros Laura Vanesa E. Gaitán Bravo
Productora Asesora de Seguros
Mat. 67.761 - S.S.N. Contadora Pública - U.N.C. Mat. 10.17461.6 - C.P.C.E. Córdoba

Seguros de Ahorro y Retiro; Seguros de Automotores; Combinado Familiar; ART; Accidentes Personales; Seguros de Vida; Seguros para Empresas, Industria y Comercio; Seguros para Instituciones Escolares y Clubes.

29/06/2025
03/06/2016
31/03/2016

Desde junio, nuevos montos del Monotributo

MONOTRIBUTO. El aporte con destino a las obras sociales sube $ 96. El resto de los valores se mantiene.

El Gobierno nacional resolvió aumentar el aporte previsional de los monotributistas, con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales, de $ 323 a $ 419 pesos a partir del período junio de 2016.
Al ser una suma fija, que pagan por igual todos los inscriptos, el impacto de la medida variará según la categoría del contribuyente.
Las disposiciones de esta resolución general serán de aplicación respecto de las cotizaciones previsionales fijas correspondientes al período junio de 2016 (vencen el día 20 de ese mes) y siguientes, precisó la norma.

22/03/2016

LAS CAJAS DE AHORRO Y LAS TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS SERÁN GRATUITAS

El Banco Central lo dispuso para las personas físicas, sin importar el monto. Tampoco se cobrarán movimientos con tarjeta de débito.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) implementó una serie de medidas para promover la bancarización de la población, que incluye la gratuidad de todas las cajas de ahorro y el uso de tarjetas de débito, además, de las transferencias por vías electrónicas.
Mediante las Comunicaciones "A” 5927 y 5928, el organismo monetario dispuso que todas las cajas de ahorro actualmente existentes pasarán a ser gratuitas.
"Los bancos deberán ofrecer a nuevos clientes la caja de ahorro como servicio separado de otro producto o paquete que tenga cargos; la caja de ahorro no tendrá restricciones de montos, ni costos de apertura, mantenimiento o renovación”, explicó la entidad en un comunicado.
También serán gratuitas las transacciones, ya sea en ventanilla, en cajeros o vía Home banking.
Además, el BCRA estableció la gratuidad absoluta de las transferencias a través de cajeros o por Internet, independientemente del monto transferido en el caso de usuarios individuales.
En el caso de empresas, se elevó a 250.000 pesos el monto a partir del cual pueden cobrarse las transferencias.
Las transferencias electrónicas tampoco tendrán restricciones horarias, se podrán efectuar todos los días y a toda hora.
"Al ser gratuita la caja de ahorro, con la posibilidad de abrirse libremente en el banco que se desee y contar con transferencias gratis, será fácil migrar de un banco a otro que ofrezca mejores comodidades o condiciones. De este modo se fomenta la competencia entre bancos”, señaló el organismo.

En otro orden, el BCRA avaló un incremento en las comisiones bancarias, pero dispuso que cada entidad financiera deberá publicar los costos de los bancos competidores para que los clientes puedan comparar.
La norma permite un aumento de hasta el 20% en las comisiones bancarias, que debe ser informado al cliente con 60 días de anticipación previo a ser aplicado (los últimos aumentos databan de los últimos meses del gobierno anterior) para los productos no gratuitos y liberó estos cargos a partir del 1 de septiembre de 2016.
Asimismo, tomando en cuenta una práctica habitual en Brasil, se obligará a informar el precio de la competencia cuando se decida cambiar un precio. Es decir, cuando un banco quiera cambiar una comisión, deberá mostrar a sus clientes los precios que cobran otros bancos a sus clientes.
"La información comparativa de precios será provista por el BCRA. Los bancos que tengan home-banking estarán obligados a poner un hipervínculo destacado en su menú principal con el nombre "Comparación de Precios” que conduzca a la página web del BCRA en la que se mostrarán los cargos que, por diferentes productos, cobran los bancos del sistema. Los bancos deberán proveer regularmente esta información a la autoridad monetaria, concluyó el comunicado.

24/02/2016

Rentas prorrogó los vencimientos del período enero 2016

La Dirección General de Rentas a través de la Resolución General N° 2067, resolvió extender el plazo de presentación de declaraciones juradas y pagos del impuesto a los ingresos brutos hasta el 25/02/2016. Esta es una buena noticia para aquellos contribuyentes obligados a presentar declaraciones juradas y que aún no cumplido con dicha obligación.

22/02/2016

No olvidar!! Hoy 22/02 vence la cuota mensual de Febrero del monotributo...

20/02/2016

Plan de Financiación Permanente de AFIP

Con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales, AFIP estableció mediante la Resolución General N° 3827, un plan de pago de carácter permanente que permite regularizar obligaciones impagas.

¿Qué obligaciones puedo incluir?

* Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas a la fecha de la presentación del plan, sus intereses, actualizaciones y multas.
* Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero, sus intereses y actualizaciones.
* Saldos pendientes por obligaciones incluidas en otros planes de facilidades caducos.
* Los aportes personales de los trabajadores autónomos.
* Los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia.
* El impuesto integrado y los aportes y contribuciones de la seguridad social de los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
* Los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de AFIP conformados por el responsable y registrados en los sistemas de este Organismo.
* Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
* Las retenciones y percepciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas en ajustes de inspección, conformados por el responsable y registrados en los sistemas de AFIP.
* El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas.
* Intereses y demás accesorios adeudados correspondientes a obligaciones susceptibles de ser incluidas.
* La cancelación de las obligaciones, multas y/o cargos suplementarios con arreglo a este régimen, no implica reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios, como tampoco liberación de las pertinentes sanciones y/o cargos suplementarios.

¿Cuáles son las condiciones del Plan?

* Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.
* El monto de cada cuota debe ser igual o superior a $ 1.000, excepto que se trate de deudas de trabajadores autónomos o monotributistas, en cuyo caso el monto debe ser igual o superior a $ 500.

Consulte con su contador la mejor manera de cancelar su deuda impositiva.

07/01/2015

Monotributistas!!!

La Administración Federal de Ingresos Públicos establece que todos los monotributistas que tengan en existencia comprobantes impresos con anterioridad al 1/11/2014 podrán continuar utilizándolos hasta agotar los mismos, siempre que no hubieran utilizado talonarios impresos con CAI.
Con el fin de poder utilizar los citados comprobantes en existencia, deberán cumplir con un régimen de información, desde el 7/1/2015 y hasta el 31/3/2015, ambas fechas inclusive.
Aquellos monotributistas que tengan ambos comprobantes en existencia, pero no hayan emitido aún ningún comprobante con CAI, podrán utilizar los comprobantes sin CAI hasta agotar los mismos.

30/12/2014

Información Importante para Monotributistas

Los Monotributistas podrían seguir usando facturas impresas. Afip dijo que se emitirá una nueva resolución para que quienes están adheridos en el régimen simplificado no desechen sus comprobantes.
Ocurre que en la normativa emitida en septiembre el fisco estableció que a partir del mes pasado todos los monotributistas deberán solicitar un permiso al organismo para imprimir nuevas facturas. Y, los que cuentan con comprobantes impresos al 1 de noviembre, tendrían 60 días de prórroga que vencerá el 31 de diciembre próximo.
En este escenario, un vocero del organismo indicó a La Nación que "próximamente se emitirá la norma aclaratoria correspondiente para que las facturas ya impresas se puedan seguir utilizando en 2015".
De esta manera, la AFIP permitirá que los pequeños contribuyentes puedan utilizar los comprobantes que ya poseían.

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