16/03/2023
Para cargar período 2022 hay tiempo hasta el 31 de Marzo!
📌Desde el servicio “SiRADIG – Trabajador”, se pueden deducir gastos personales en concepto de “Cargas de familia” que comprenden al cónyuge o pareja conviviente y a la hija, hijo, hijastra o hijastro menor de 18 años o incapacitado para el trabajo.
✅En el caso de las hijos/as menores, si la responsabilidad parental la tienen ambos padres y a los dos se les retiene Impuesto a las Ganancias del sueldo, cada uno puede computar el 50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100%.
Tenés tiempo hasta el 31 de marzo. Para más información, ingresá a https://bit.ly/3YEfISS