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GANANCIAS¿A partir de que ingreso quedaría alcanzado por el impuesto el trabajador?
13/04/2024

GANANCIAS
¿A partir de que ingreso quedaría alcanzado por el impuesto el trabajador?

13/04/2024

Medidas Fiscales Paliativas - Impuesto a las Ganancias
1-Se deja sin efecto una serie de exenciones, y se prevé una actualización anual, a partir del año
fiscal 2025, de las deducciones personales.
2-Se elimina la “Deducción Especial Adicional” que fuera implementada en 2021 que neutralizaba o
morigeraba el efecto del impuesto para un determinado rango de rentas y para las restantes se
aplicaba la tabla vigente sin ninguna reducción, circunstancia que afectaba la naturaleza progresiva
de este gravamen.
Principales cambios:
a-Se deja sin efecto el Impuesto Cedular a los Mayores Ingresos
Se deja sin efecto la exención del bono por productividad, fallo de caja o conceptos similares
(hasta 40% del Mínimo no Imponible)
b-Se deja sin efecto la exención de los suplementos particulares para el personal militar
Se deja sin efecto la exención del SAC
Se deja sin efecto la exención para las remuneraciones en concepto de guardias para el personal
de salud
c-No será aplicable ningún tipo de exención, desgravación, que se establezca por ley especial,
excepto las disposiciones aplicables a los trabajadores petroleros - personal de pozo - (Ley
26176).
d-Se elimina el artículo 32 de la Ley de Ganancias, que establecía una actualización de
determinados importes previstos en la Ley.
e-Deducciones Personales para 2024 (actualización trimestral)
f-Se elimina el incremento del 22% para los trabajadores y jubilados en zona patagónicas, sin
embargo, se mantienen las exenciones que rigen para el personal de pozos petroleros.
Se implementa una deducción adicional equivalente a la doceava parte de las deducciones
personales para los empleados en relación de dependencia y jubilados respecto de la cuota del
SAC. Mediante este mecanismo se admite aplicar la proporción mensual de deducciones personales
al SAC, morigerando su efecto en la determinación del impuesto.
f-Se elimina el incremento del 22% para los trabajadores y jubilados en zona patagónicas, sin
embargo, se mantienen las exenciones que rigen para el personal de pozos petroleros.
Se implementa una deducción adicional equivalente a la doceava parte de las deducciones
personales para los empleados en relación de dependencia y jubilados respecto de la cuota del
SAC. Mediante este mecanismo se admite aplicar la proporción mensual de deducciones personales
al SAC, morigerando su efecto en la determinación del impuesto.

13/04/2024

Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes
TÍTULO VI

Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

1-Se extiende los parámetros para la actividad de locación y prestación de servicios, estableciendo
3 categorías más hasta llegar a la “K”.
Como consecuencia de llevar todas las actividades a la categoría K, el tope máximo de ingresos
brutos para quedar encuadrado como pequeño contribuyente será dicha categoría.
2-Se eleva el precio unitario de venta
3-Se actualizan los parámetros de ingresos y alquileres, y se lleva hasta la categoría K las
actividades de prestaciones y locaciones.
4-Se incrementa el Impuesto integrado.
5-Se incrementa el Aporte Previsional.
6-Se elimina la excepción de ingresar el impuesto integrado para aquellos que realicen
actividades primarias, para los inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo
Local y Economía Social y para los asociados de las cooperativas de trabajo que queden
encuadrado en la categoría A
7-Se elimina la excepción de ingresar el impuesto integrado para los pequeños contribuyentes
encuadrados en las categorías A o B que había establecido la Ley 27.676 (Programa de
Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes)
8-Se mantiene la forma de actualización de los parámetros.
Se faculta al Poder Ejecutivo a incrementar, durante el período fiscal 2024 los montos máximos de
facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, las
cotizaciones previsionales, el precio unitario de venta, valor de las operaciones recurrentes y el
valor como requisito de ingresos previstos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del
Trabajo Independiente
Se limita la actualización del impuesto integrado a ingresar y las cotizaciones previsionales, no
pudiendo aumentar más que el porcentaje de aumento que se establezca para el importe máximo
de facturación de cada categoría.

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Dirección

Rosario
2000

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