03/09/2024
Les comparto una parte de mi primera nota que realicé para el Diario El Civismo, publicada el dia 31 de agosto de 2024:
Vale la pena Blanquear?
Me voy a “delatar”? Me conviene adherirme al blanqueo? La AFIP me va a venir a buscar? Cuáles son los beneficios? Qué es lo que busca el gobierno con esto?
Estas son algunas de las preguntas que la gente se plantea al momento de analizar si regulariza sus bienes.
A más de un mes de su salida, la Ley N° 27.743, que establece el “Régimen de Regularización de Activos”, aún no tiene muchos adeptos. Esto se debe a varias cuestiones, en parte a algunos prejuicios, también por estar mal informada, y hasta no saber de que el Blanqueo existe.
Es por ello que esta nota busca despejar algunas de esas incógnitas para comprender un poco más de una manera simplificada.
Dinero en efectivo: Una de las cuestiones puntuales que deben considerarse con urgencia, es el Blanqueo del dinero en efectivo, depósitos en el exterior, criptomonedas y el producido de títulos o acciones en el exterior. El plazo para regularizarlo es hasta el 30 de septiembre de 2024. En el caso que el monto a declarar sea menor a u$s100.000, el dinero tiene que estar depositado en una cuenta bancaria especial hasta la fecha mencionada y podrá disponerse a partir del 1° de octubre de 2024. Para quienes deseen regularizar más de u$s100.000, deben quedar depositados hasta el 31 de diciembre de 2025. En éste último caso, ese dinero puede destinarse a distintas inversiones que menciona la ley, hasta cumplir con el plazo.
El régimen de regularización del dinero en efectivo, va por una vía separada de los demás bienes. Permitirá, por ejemplo, regularizar sin impuesto hasta u$s100.000 en efectivo más u$s100.000 de otros bienes. Ambos sin costo.