27/07/2026
ARCA lanzó un nuevo Régimen Especial de Facilidades de Pago
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la RG 5875, implementó un régimen excepcional para regularizar deudas impositivas, aduaneras y previsionales vencidas al 30 de junio de 2026.
⚠️ Importante: este plan no contempla condonación ni reducción de intereses resarcitorios, punitorios ni sanciones.
✅ ¿Quiénes pueden adherirse?
• Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2) con Certificado MiPyME vigente.
• Pequeños Contribuyentes.
• Entidades sin fines de lucro (asociaciones, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios, cooperadoras, instituciones religiosas, entre otras).
📌 ¿Qué obligaciones pueden regularizarse?
Deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social, incluyendo accesorios, multas, retenciones y percepciones, siempre que hayan vencido hasta el 30/06/2026.
🚫 Quedan excluidos, entre otros:
• Anticipos y pagos a cuenta.
• Retenciones y percepciones previsionales (con excepciones).
• Aportes y contribuciones a Obras Sociales (excepto Monotributo).
• Cuotas de ART y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
• Cuotas de planes vigentes e importes fijos del Monotributo Unificado.
• Determinados conceptos previstos expresamente por la normativa.
Condiciones del plan
🔹 Micro y Pequeñas Empresas, Pequeños Contribuyentes y Entidades sin fines de lucro:
• Hasta 18 cuotas para deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social, con 5% de anticipo.
• Hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones, con 5% de anticipo.
🔹 Medianas Empresas (Tramos 1 y 2):
• Hasta 15 cuotas para deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social, con 10% de anticipo.
• Hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones, con 10% de anticipo.
📈 En todos los casos, la tasa de financiación es del 2,75% mensual y el monto mínimo del anticipo y de cada cuota es de $50.000.
🗓️ Plazo para adherirse: hasta el 30 de octubre de 2026.
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Alcalá-Burgos. Estudio Contable