31/08/2026
📢 𝐒𝐔𝐍𝐀𝐓 𝐏𝐎𝐒𝐓𝐄𝐑𝐆𝐀 𝐇𝐀𝐒𝐓𝐀 𝐅𝐄𝐁𝐑𝐄𝐑𝐎 𝐃𝐄 𝟐𝟎𝟐𝟕 𝐎𝐁𝐋𝐈𝐆𝐀𝐂𝐈𝐎𝐍𝐄𝐒 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐔𝐒𝐔𝐀𝐑𝐈𝐎𝐒 𝐃𝐄 𝐇𝐈𝐃𝐑𝐎𝐂𝐀𝐑𝐁𝐔𝐑𝐎𝐒 𝐒𝐔𝐉𝐄𝐓𝐎𝐒 𝐀 𝐂𝐎𝐍𝐓𝐑𝐎𝐋 𝐘 𝐅𝐈𝐒𝐂𝐀𝐋𝐈𝐙𝐀𝐂𝐈𝐎́𝐍
Mediante la 𝗥𝗲𝘀𝗼𝗹𝘂𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗦𝘂𝗽𝗲𝗿𝗶𝗻𝘁𝗲𝗻𝗱𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗡.° 𝟬𝟬𝟬𝟭𝟳𝟬-𝟮𝟬𝟮𝟲/𝗦𝗨𝗡𝗔𝗧, SUNAT modifica las disposiciones para el 𝐫𝐞𝐠𝐢𝐬𝐭𝐫𝐨 𝐲 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐢𝐧𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐝𝐞𝐭𝐞𝐫𝐦𝐢𝐧𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐢𝐧𝐬𝐮𝐦𝐨𝐬 𝐪𝐮𝐢́𝐦𝐢𝐜𝐨𝐬 𝐬𝐮𝐣𝐞𝐭𝐨𝐬 𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐨𝐥 𝐲 𝐟𝐢𝐬𝐜𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐯𝐢𝐧𝐜𝐮𝐥𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐚 𝐥𝐚 𝐚𝐜𝐭𝐢𝐯𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐦𝐢𝐧𝐞𝐫𝐚 𝐲 𝐦𝐢𝐧𝐞𝐫𝐢́𝐚 𝐢𝐥𝐞𝐠𝐚𝐥.
La principal modificación es la 𝐩𝐨𝐬𝐭𝐞𝐫𝐠𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐚𝐩𝐥𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐑𝐞𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐍.° 𝟎𝟎𝟎𝟏𝟑𝟓-𝟐𝟎𝟐𝟔/𝐒𝐔𝐍𝐀𝐓 para los usuarios de hidrocarburos, otorgándoles un plazo adicional para su adecuación y cumplimiento debido al mayor volumen de sus operaciones.
📅 ¿𝐃𝐄𝐒𝐃𝐄 𝐂𝐔𝐀́𝐍𝐃𝐎 𝐒𝐄 𝐀𝐏𝐋𝐈𝐂𝐀𝐍 𝐋𝐀𝐒 𝐃𝐈𝐒𝐏𝐎𝐒𝐈𝐂𝐈𝐎𝐍𝐄𝐒❓
La Resolución N.° 000135-2026/SUNAT entra en vigor el 𝟭 𝗱𝗲 𝘀𝗲𝘁𝗶𝗲𝗺𝗯𝗿𝗲 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟲, pero su aplicación será diferenciada:
🔹 𝗗𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗲𝗹 𝟭 𝗱𝗲 𝘀𝗲𝘁𝗶𝗲𝗺𝗯𝗿𝗲 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟲: usuarios de mercurio, cianuro de potasio y cianuro de sodio.
🔹 𝗗𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗲𝗹 𝟭 𝗱𝗲 𝗳𝗲𝗯𝗿𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟳: usuarios de hidrocarburos.
📦 ¿𝐂𝐎́𝐌𝐎 𝐒𝐄 𝐃𝐄𝐓𝐄𝐑𝐌𝐈𝐍𝐀 𝐄𝐋 𝐈𝐍𝐕𝐄𝐍𝐓𝐀𝐑𝐈𝐎 𝐈𝐍𝐈𝐂𝐈𝐀𝐋❓
Para los usuarios inscritos antes de la fecha en que les resulte aplicable la resolución, el inventario inicial se determina considerando el 𝐬𝐭𝐨𝐜𝐤 𝐚𝐥 𝐢𝐧𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐩𝐞𝐫𝐢́𝐨𝐝𝐨 𝐚𝐧𝐮𝐚𝐥 𝐚𝐮𝐭𝐨𝐫𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨 𝐜𝐨𝐫𝐫𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞 + 𝐥𝐚𝐬 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐚𝐬 𝐞 𝐢𝐦𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐫𝐞𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐝𝐚𝐬 𝐝𝐞𝐬𝐝𝐞 𝐞𝐥 𝐩𝐫𝐢𝐦𝐞𝐫 𝐝𝐢́𝐚 𝐝𝐞 𝐝𝐢𝐜𝐡𝐨 𝐩𝐞𝐫𝐢́𝐨𝐝𝐨, teniendo en cuenta las siguientes fechas de corte:
🔹 𝐌𝐞𝐫𝐜𝐮𝐫𝐢𝐨, 𝐜𝐢𝐚𝐧𝐮𝐫𝐨 𝐝𝐞 𝐬𝐨𝐝𝐢𝐨 𝐲 𝐜𝐢𝐚𝐧𝐮𝐫𝐨 𝐝𝐞 𝐩𝐨𝐭𝐚𝐬𝐢𝐨: 𝐡𝐚𝐬𝐭𝐚 𝐞𝐥 𝟑𝟏 𝐝𝐞 𝐚𝐠𝐨𝐬𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝟐𝟎𝟐𝟔.
🔹 𝗛𝗶𝗱𝗿𝗼𝗰𝗮𝗿𝗯𝘂𝗿𝗼𝘀: 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗲𝗹 𝟯𝟭 𝗱𝗲 𝗲𝗻𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟳.
SUNAT habilitará en SUNAT Operaciones en Línea la opción correspondiente para registrar el inventario inicial.
📊 ¿𝐂𝐔𝐀́𝐋 𝐒𝐄𝐑𝐀́ 𝐄𝐋 𝐏𝐑𝐈𝐌𝐄𝐑 𝐌𝐄𝐒 𝐀 𝐃𝐄𝐂𝐋𝐀𝐑𝐀𝐑❓
Para los usuarios incorporados automáticamente al Registro conforme al D.S. N.° 117-2026-EF:
➡️ 𝗦𝗲𝘁𝗶𝗲𝗺𝗯𝗿𝗲 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟲: usuarios de mercurio, cianuro de potasio y cianuro de sodio.
➡️ 𝗙𝗲𝗯𝗿𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟳: usuarios de hidrocarburos.
🔎 ¿𝐐𝐔𝐄́ 𝐎𝐓𝐑𝐀𝐒 𝐎𝐏𝐄𝐑𝐀𝐂𝐈𝐎𝐍𝐄𝐒 𝐃𝐄𝐁𝐄𝐍 𝐈𝐍𝐅𝐎𝐑𝐌𝐀𝐑𝐒𝐄❓
La normativa también contempla el registro e información a SUNAT de pérdidas, derrames, excedentes y desmedros, así como denuncias por robo, apropiación ilícita, estafa, otras defraudaciones y demás daños relacionados con estos insumos.
⚠️ 𝑰𝑴𝑷𝑶𝑹𝑻𝑨𝑵𝑻𝑬
La medida 𝗻𝗼 𝗲𝗹𝗶𝗺𝗶𝗻𝗮 𝗲𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗼𝗯𝗹𝗶𝗴𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗹𝗼𝘀 𝘂𝘀𝘂𝗮𝗿𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗵𝗶𝗱𝗿𝗼𝗰𝗮𝗿𝗯𝘂𝗿𝗼𝘀. Únicamente posterga su aplicación hasta el 1 de febrero de 2027, brindando un período adicional para adecuar sus sistemas, registros, procedimientos y controles internos.
🔵 𝗘𝗻 𝗖𝗢𝗥𝗙𝗜𝗡𝗔𝗡, acompañamos a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y regulatorias, brindando orientación frente a los cambios normativos y contribuyendo a prevenir contingencias.
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