15/08/2025
Si tienes un trabajo formal y estás bajo el régimen de Sueldos, Salarios y Asimilados, el SAT se queda desde un 1.92% ¡hasta el 35%! de tu sueldo.
Por ese motivo, el día de hoy te voy a compartir algunos de los gastos deducibles que puedes utilizar para reducir tu base gravable e incluso ¡obtener un gran Saldo a Favor!
1. Psicología y Nutrición (Uso CFDI-D01): Cuidar de tu salud es importante y puedes hacerlo al ir con un profesional que te ayude. Este gasto contará como deducible en tu favor, pero toma en cuenta que debe realizarse por una persona con título y cédula profesional debidamente registrada.
2. Aportaciones al Retiro a Largo Plazo (Uso CFDI-D09 o D06): También se incentiva el ahorro para el retiro desde la vertiente pública, que son las AFORE´s (D06) o bien, mediante los famosos Planes Personales de Retiro (D-09), cuyas aportaciones suelen contar con la característica de ser deducibles para la Declaración Anual como Persona Física.
3. Colegiaturas en Instituciones Privadas (Uso CFDI-D10): Aunque esta deducción tiene sus propios límites acorde al nivel, vale la pena mencionar que es mejor hacer un pago general para cada año fiscal (enero-diciembre), en caso de alternancia para los padres... Los límites son los siguientes: (a) Preescolar: $14,200; (b) Primaria: $12900; (c) Secundaria: $19,900; (d) Profesional Técnico: 17,100 y (e) Bachillerato/Prepa o su equivalente: $24,500.
Vale la pena mencionar que los límites son por año y por hijo/a, e igual la licenciatura NO FORMA PARTE debido a que la educación básica obligatoria en México llega hasta el bachillerato o preparatoria.
4. Lentes Ópticos Graduados (Uso CFDI-D01): Vale la pena mencionar que esta deducción está en el Reglamento de la LISR y se encuentra topada a $2,500 pesos por los lentes, incluyendo su armazón. Y no, no aplica para lentes de contacto ni de diseñador u operaciones para corregir defectos visuales...
5. Dentista (Uso CFDI-D01): Si quieres lucir una "sonrisa Colgate", bien vale la pena que tomes en cuenta que los pagos que haces al dentista son, en efecto, ¡deducibles! Desde una simple limpieza dental hasta procedimientos más complejos -y periódicos- como los brackets, etc. ¡Todos ellos son válidos para pagar menos impuestos!
6. Intereses Reales en Crédito Hipotecario (Uso CFDI-D05): Si estás comprando una casa y usaste un crédito hipotecario para ello, toma en cuenta que los intereses reales pueden restarse a tu pago de impuestos.
Sin embargo, considera el término de "interés real". Y es que, algo que escapa para muchas personas es que este término implica el cálculo del rendimiento pagado una vez que se ha ajustado la inflación al crédito hipotecario. Aunque suene complejo, se trata de una resta de la tasa de inflación a la tasa de interés nominal.
Por este motivo es que muchas personas se sorprendieron cuando, durante la pandemia, su Saldo a Favor se reduzco bruscamente. Y es que, al tener una tasa de inflación tan alta durante ese periodo de tiempo, sencillamente ¡no existía un interés real como tal!
7. Estudios y Análisis de Laboratorios Médicos (D-01): Así es, cualquier estudio o análisis que te realices, es considerado -si cumple con los requisitos- para formar parte de tus deducciones personales y ayudarte a pagar menos impuestos.
Dentro de estos estudios y análisis también se incluye a las radiografías, así como aparatos de rehabilitación e incluso medicamentos en facturas, así como gastos hospitalarios.
8. Donativos a Instituciones de Beneficencia Pública: Si quieres hacer el bien, sin mirar a quién... ¡esto podría ayudarte en tu pago de impuestos!
Sin embargo, existe la condición de que estos donativos sean no onerosos ni remunerativos (no haya un intercambio de favores), así como que se brinde únicamente a instituciones debidamente registradas ante el SAT.
Toma en cuenta que el monto total de los donativos a que será deducible hasta un límite del 7% de los ingresos acumulables sobre los cuales pagaste ISR el año anterior al que se efectúa la deducción.
Ahora, para que, para que estas deducciones personales procedan, tienes que contar con la factura del gasto, así como realizar su pago de forma personal y mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria o cheque a nombre de la cuenta del contribuyente (la única excepción a este medio de pago son los gastos funerarios)
También toma en cuenta que las Deducciones Personales tienen un límite establecido por la ley. Este límite es el equivalente al 15% de tus ingresos o el resultado de 5 UMA´s elevadas al año ($206,367.60), lo que resulte menor para ti (en favor del SAT).
También vale la pena mencionar que las deducciones de honorarios médicos, dentales, psicología y nutrición y gastos hospitalarios pueden contarse como deducibles del contribuyente cuando se realizan para sí o bien, su cónyuge o concubino/a y sus ascendientes y descendientes en línea recta, siempre que sus ingresos anuales no rebasen 1 UMA elevada al año ($41,273.52)
Aunque estos son la mayoría de los gastos deducibles que contempla la legislación fiscal en el artículo 151 de la LISR, toma en cuenta que existen otras estrategias y mecanismos para reducir tu pago de impuestos en forma legal y segura para ti y tu patrimonio.
Godin financiero.